CLASIFICACION ARANCELARIA DE LA CARNE DE RES

CLASIFICACION ARANCELARIA DE LA CARNE DE RES

DESCRIPCION DEL PRODUCTO 

La carne de res procede de un animal no menor a tres años de edad, su peso debe rondar los 500 kg; esta carne es de color rojo en diferentes tonalidades, su contenido graso medio o alto varía según la raza y alimentación de la res. Esta también se caracteriza por ser una carne magra con un gran poder nutricional, ya que posee un alto contenido de proteínas de gran calidad y es rica en agua.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

REGLA N°1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.

REGLA N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

CLASIFICACION ARANCELARIA

SECCION 1: Animales vivos y productos del reino animal

CAPITULO 2: Carnes y despojos comestibles

PARTIDA 02.01: Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada

SUBPARTIDA 0201.30.00: Deshuesada

                        0201.30.00.10: Cortes finos

INFORMACION ARANCELARIA

ADVALOREM            20%

FODINFA                   0.5%

IVA                             12%

INFORMACION NO ARANCELARIA

Presentación de requisito de la agencia de regulación y control Fito y Zoosanitario y de Agrocalidad.

NOTAS DE CAPITULO

NOTA: CAPITULO 2

Este Capítulo no comprende:

  • respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;
  • las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02);
  • las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09 (Capítulo 15)

NOTA COMPLEMENTARIA NACIONAL

Se entiende por cortes finos a las carnes de primera calidad, así como el bife ancho, lomo, cuadril, peceto, bife angosto, bife angosto entero.

CONCLUSION

Para realizar de manera correcta esta clasificación de un corte de carne tuvimos en cuenta la importancia de determinar los textos de partidas, las notas explicativas, de sección y capítulo al momento de clasificar, ya que en estas nos dan especificaciones más claras y detalladas que apoyan a la correcta clasificación de la carne de res fresca o refrigerada y de cualquier producto.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda ver y analizar cada una de las características del producto para clasificar de una manera correcta con la ayuda de las notas explicativas, reglas interpretativas para que así sea clasificado de una mejor manera con todos los documentos correspondientes.

 

BIBLIOGRAFIA

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf 

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO 

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf 

SERVICIO DE ADUANA

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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