DESCRIPCION DEL PRODUCTO
La carne de conejo es magra, no contiene grasas, se caracteriza por ser una carne blanca, además contiene un gran valor nutricional a partir de proteínas, minerales, vitaminas y lo más importante aporta una gran cantidad de proteínas.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
La clasificación arancelaria de la carne de conejo o liebre en el presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado primera y sexta, tomadas en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), Reglas Generales que respectivamente dicen:
RG 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
RG 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende la carne y despojos de los animales de la partida 01.06, utilizados en la alimentación humana, incluidos el conejo, liebre, rana, reno, castor, ballena y tortuga.
NOTA DE CAPITULO
Este Capítulo no comprende:
- respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;
- las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02);
- las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09 (Capítulo 15).
CLASIFICACION ARANCELARIA
SECCION I: Animales Vivos y Productos del Reino Animal
CAPITULO 2: Carne y Despojos Comestibles
PARTIDA 02.08: Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados
SUBPARTIDA 0208.10.00.00: De conejo o liebre
INFORMACION ARANCELARIA
ARANCEL ADVALOREM 30%
FODINFA 0.5%
IVA 12%
INFORMACION NO ARANCELARIA
- Permiso Zoosanitario de Importación
- Documento de Destinación Aduanera
El permiso zoosanitario de importación es emitido por Agrocalidad
El documento de destinación aduanera es un documento de control previo emitido por Agrocalidad
CONCLUSION
En conclusión, podemos decir que la partida de esta mercadería es el 02.08 y su subpartida en el cual va el producto es el 0208.10.00.00 el mismo que paga un IVA del 12%, fodinfa del 0.5%, un advalorem del 30% Además, que tiene que presentar el permiso Zoosanitario de importación emitido por Agrocalidad y el documento de destinación aduanera emitido por Agrocalidad.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda ver y analizar cada una de las características del producto para clasificar de una manera correcta con la ayuda de las notas explicativas, reglas interpretativas para que así sea clasificado de una mejor manera con todos los documentos correspondientes.
BIBLIOGRAFIA
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
SERVICIO DE ADUANA
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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