Clasificación arancelaria de jamón de cerdo sin hueso

Descripción del producto

El jamón de cerdo sin hueso, es la pierna posterior de cerdo deshuesada, que ha sido sometido al siguiente tratamiento: colocado en salmuera con especies para ser curado; luego es puesto en malla y cocido en horno lentamente con 6 horas de cocción, mientras el humo de madera es introducido para cocinarlo completamente; posteriormente es retirado, partido, envasado y embalado para su distribución. Los ingredientes del curado son: agua, sal, lactato de sodio, azúcar, dextrosa, fosfato sódico, diacetato de sodio, eritorbato de sodio, nitrato de sodio y saborizantes.

Reglas de Clasificación:

El Producto y en aplicación de la RGI 1 "Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos s610 tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes:", se realizará el siguiente análisis:

Notas de sección:

En la Sección 1 “:"Animales vivos y productos del reino animal” en las notas de sección nos dice que cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie.  

Notas de capítulo:

Capítulo 2: “Carnes y despojos comestibles” la partida 02.10 comprende a la carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos. Según las Consideraciones Generales del Capítulo 2 de las Notas Explicativas, sólo están comprendidos en este Capítulo, la carne y los despojos presentados en las formas siguientes, aunque hayan sido sometidos a un tratamiento térmico poco intenso con agua caliente o vapor (como el escaldado o blanqueado), pero que no tenga por efecto una verdadera cocción de los productos: a) frescos, refrigerados o congelados, b) salados o en salmuera; secos o ahumados.

 

Notas Explicativas:

En la Sección IV:

"Productos de las industrias alimentarias; bebidas, Líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados",

Capítulo 16:

“Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos”, la partida 16.02 comprende a las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre. La Nota 1 del Capítulo 16 dispone que, este Capítulo no comprende la carne, despojo, pescado ni crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados por los procedimientos citados en los Capítulos 2 y 3 o en la partida 05.04. Las Notas Explicativas de la partida 16.02 señalan que, incluyen principalmente a las carnes y despojos cocinados de cualquier modo: cocidos en agua o vapor, asados en parrilla u horno, fritos (excepto los productos simplemente escaldados, blanqueados, etc.)

Sección IX:

Productos de las industrias alimentarias

Capítulo 16:

Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se determinará la subpartida que le corresponde a El Producto. La subpartida de primer nivel 1602. (40) comprende a las demás preparaciones y conservas de carnes de la especie porcina. En consecuencia, como El Producto es un jamón de cerdo, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 1604.41.00.00, en aplicación de la 1° y 6° RGI de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas

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