Clasificación arancelaria de Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo (por ejemplo: máquinas de dibujar, pantógrafos, transportadores, estuches de dibujo, reglas y círculos, de cálculo)

DESCRIPCIÓN

Para realizar planos y dibujos de calidad es de vital importancia conocer, tanto los instrumentos necesarios para dibujar (lápices, compás, escuadra, cartabón, etc.) como los procedimientos de utilización. Según se puede ver en la presentación situada al final de esta página, los instrumentos de dibujo se agrupan en cuatro apartados:

  • Instrumentos de trazado.
  • Instrumentos de medida.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

3) Los juegos de dibujo compuestos por una regla (partida 90.17), un círculo de cálculo (transportador) (partida 90.17), un compás (partida 90.17), un lápiz (partida 96.09) y un sacapuntas (partida 82.14), que se presenten en un estuche de plástico en hojas (partida 42.02):  Se clasifican en la partida 90.17.

 Además de los artículos acabados, citados anteriormente, esta partida comprende los artículos en longitud indeterminada confeccionados de acuerdo con la Nota 7 de la Sección XI (véanse, en las Notas explicativas las Consideraciones generales de esta Sección), siempre que estos artículos no estén comprendidos en otras partidas de la Sección XI. Por esto comprende los burletes de tejido para puertas o ventanas (incluso los guarnecidos interiormente con guata).

  • Se excluyen de esta partida, no sólo los artículos textiles clasificados en partidas más específicas del presente

Capítulo o de los Capítulos 56 a 62, sino también:

  1. m) Los metros (partida 90.17)

- Los bastones, látigos, fustas y artículos similares pueden llevar accesorios de cualquier materia.

 Se excluyen de esta partida:

  1. a) Los bastones-medida y artículos similares, tales como, por ejemplo, los bastones para tallar y los bastones-aforadores (partida 90.17).
  2. c) Las reglas, círculos, cilindros y otros instrumentos de cálculo basados en el principio de la regla de cálculo o en otros principios matemáticos, tales como los dispositivos de bolsillo que permiten hacer sumas o sustracciones desplazando regletas cifradas por medio de un punzón (partida 90.17).

La regla según la cual los instrumentos y aparatos de este Capítulo son en general artículos de gran precisión tiene, sin embargo, excepciones. Se clasifican aquí, por ejemplo, las gafas (anteojos) simplemente protectoras (partida 90.04), las simples lupas, los periscopios constituidos por un simple juego de espejos (partida 90.13), los metros y reglas comunes (partida 90.17), los higrómetros de fantasía, con independencia de su precisión (partida 90.25). El presente Capítulo comprende también las aspiradoras de los tipos utilizados en medicina, cirugía, odontología o veterinaria (partida 90.18).

NOTA DEL CAPÍTULO

  1. Este Capítulo no comprende:
  2. a) los lápices de maquillaje o tocador (Capítulo 33);
  3. b) los artículos del Capítulo 66 (por ejemplo: partes de paraguas o bastones);
  4. c) la bisutería (partida 71.17);
  5. d) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);
  6. e) los artículos del Capítulo 82 (útiles, artículos de cuchillería, cubiertos de mesa) con mangos o partes de materias para tallar o moldear. Cuando se presenten aisladamente, estos mangos y partes se clasifican en las partidas 96.01 ó 96.02;
  7. f) los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo: monturas (armazones) de gafas (anteojos) (partida 90.03), tiralíneas (partida 90.17), artículos de cepillería de los tipos manifiestamente utilizados en Medicina, cirugía, odontología o veterinaria (partida 90.18));
  8. b) Los decámetros (de cinta de acero, de tela impermeabilizada, etc.) e instrumentos similares de los tipos comunes para efectuar medidas lineales (partida 90.17).

NOTA EXPLICATIVA

Esta partida comprende los instrumentos de dibujo, trazado o cálculo. También incluye los instrumentos manuales de medida de longitudes.  Sin embargo, se excluyen de esta partida:  las cajas de ingletes y las herramientas usadas en artes gráficas (por ejemplo; zinceles, gubias, buriles de aguafortista)

(Capítulo 82), así como los coordinatógrafos de los tipos usados en fotogrametría (partida 90.15).  Se excluyen de esta partida:

  1. a) Las cajas de ingletes y las herramientas usadas en artes gráficas (por ejemplo; cinceles, gubias, buriles de aguafortista) (Capítulo 82),
  2. b) Las tabletas gráficas y los digitalizadores (partida 84.71).
  3. c) Las máquinas y aparatos para la fabricación de máscaras y retículas a partir de substratos recubiertos de resinas fotosensibles (como las máquinas y aparatos ópticos, de haces de electrones, de haces iónicos, de rayos X o de haces de láser) (partida 84.86).
  4. d) Los coordinatógrafos de los tipos usados en fotogrametría (partida 90.15). Se pueden citar:
  5. A) Instrumentos de dibujo.

1) Los pantógrafos para la reproducción a escala más pequeña, más grande o con la misma dimensión, de mapas, planos, dibujos, piezas para mecanizar, etc., incluso si se utilizan en navegación para trazar el rumbo.

2) Las máquinas de dibujar, generalmente con un sistema de paralelogramos articulados con tablero o mesa de dibujo o sin ella.  Se clasifican aquí las máquinas de dibujar que incorporen una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o que trabajen en relación con dicha máquina.

3) Los compases (de dibujo, de puntas, de reducción, bigoteras, etc.), tiralíneas, punteadores, etc., tanto si se presentan en estuches, es decir, como estuches. de dibujo, como si se presentan aisladamente.

4) Las escuadras (incluidas las escuadras patrón, las escuadras para sombrear, las escuadras para el trabajo de la madera o del metal), las falsas escuadras, las tés (sencillas o articuladas), las reglas para trazar curvas (plantillas), las reglas sin dividir (planas, cuadradas, para sombrear, reglas patrón, etc.).

5) Los transportadores de ángulos del tipo de los contenidos en los estuches de dibujo, así como los instrumentos más complicados que se utilizan principalmente en la construcción de máquinas.

6) Las plantillas para estarcir netamente reconocibles como instrumento de dibujo o de trazado especializados. Las demás plantillas de estarcir siguen el régimen de la materia constitutiva.

  1. B) Instrumentos de trazado.

 El trazado es la operación que consiste, principalmente, en dibujar en la superficie de una pieza las líneas de mecanizado que no deben sobrepasar los útiles.

1) Los gramiles (de trazado, de carpintero, etc.) graduados o sin graduar.

2) Los estiletes para trazar y los punzones para marcar.

3) Las mesas (llamadas “mármoles” que se utilizan como planos de referencia para el trazado al aire o para realizar controles de superficies planas), las reglas y escuadras de comprobación de superficies planas (de fundición, de piedra, etc.) de superficie totalmente plana.

4) Las uves y las equis (calzos), utilizadas como soporte de piezas cilíndricas. Se excluyen de esta partida las herramientas de uso manual con motor incorporado para grabar (partida 84.67).

  1. C) Instrumentos de cálculo. Reglas, círculos y cilindros de cálculo, así como los demás instrumentos de cálculo basados en el principio de la regla de cálculo o en otros principios matemáticos, por ejemplo, los dispositivos de bolsillo que permiten hacer sumas o restas desplazando regletas cifradas por medio de una punta. Están también comprendidas aquí las reglas y los círculos para el cálculo del tiempo de exposición en fotografía, determinado mediante ajustes en los que interviene el estado del cielo, la hora, la abertura del diafragma, la naturaleza del asunto y la sensibilidad de la emulsión.

 Las máquinas de calcular y las máquinas de contabilidad están comprendidas en la partida 84.70.

  1. D) Instrumentos manuales de medida de longitud.

Se trata de instrumentos capaces de indicar la longitud, es decir, las dimensiones lineales del objeto a medir, por ejemplo, una línea trazada o imaginaria (recta o curva) del objeto. Por lo tanto, estos instrumentos son capaces de medir dimensiones tales como diámetros, fondos, anchuras y alturas, expresadas en unidades de longitud (por ejemplo, milímetros). Estos instrumentos también deben tener unas características (tamaño, peso, etc.) que permitan sujetarlos con la mano para realizar la medida.

 Los instrumentos especialmente diseñados para usarlos sólo montados permanentemente en un soporte o unidos (por ejemplo, por cables o tuberías flexibles) a máquinas o aparatos se excluyen de esta partida (partida 90.31).

 Entre éstos se pueden citar:

1) Los micrómetros (palmers), instrumentos con un cabezal micrométrico, con o sin tornillo (los del tipo sin tornillo incorporan un mecanismo deslizante y suelen ser electrónicos), en los que la lectura de la medida se hace sobre el propio tornillo, en un comparador de cuadrante o mediante un visualizador digital. Los micrómetros pueden medir, principalmente, diámetros interiores o exteriores, espesores o pasos de rosca.

2) Los pies de rey (de nonio, de cuadrante o electrónicos) para la medida de diámetros, espesores, profundidades, etc.

3) Los calibres y galgas con dispositivos de regulación.  Los calibres sin dispositivo de regulación que sólo permiten controlar por comparación dimensiones, ángulos, formas, etc., (por ejemplo: calibres cilíndricos o machos, calibres para anillos) se excluyen (partida 90.31).

4) Los comparadores de cuadrante para el control de las tolerancias de dimensiones interiores o exteriores (comprobadores de mandrilado, rectificado, etc.), con vástago de medida, cuadrante amplificador y transmisión de cremallera, de engranaje, de palanca, de muelle, neumático, hidráulico, etc.

5) Los metros (graduados o sin graduar), rectos, plegables, de cinta (en estuche, con mango, de tambor, etc.), incluidos los bastones-medida o similares.  Los metros diseñados especialmente para agrimensura o nivelación (cadenas de agrimensor, miras, jalones, etc.), así como los torniquetes para medir la profundidad de los pozos de minas, se clasifican en la partida 90.15.

6) Las reglas divididas (dobles decímetros, etc.), incluidas las reglas en V que lleven graduaciones para medir diámetros en superficies curvas y las reglas de corredera.

7) Los curvímetros, pequeños instrumentos con cuadrante o sin él para medir las distancias en los mapas, planos, etc.

PARTES Y ACCESORIOS

 Salvo lo dispuesto en las Notas 1 y 2 de este Capítulo (véanse también las Consideraciones Generales anteriores), esta partida comprende también las partes y accesorios de las máquinas, aparatos e instrumentos descritos anteriormente, siempre que sean netamente identificables como tales, por ejemplo: los topes de micrómetros, las monturas (armazones) de galgas patrón, los soportes de micrómetros o las charnelas de metros plegables.

CAPÍTULO 90
Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

PARTIDA 90.17  Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo (por ejemplo: máquinas de dibujar, pantógrafos, transportadores, estuches de dibujo, reglas y círculos, de cálculo); instrumentos manuales de medida de longitud (por ejemplo: metros, micrómetros, calibradores), no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.

INFORMACIÓN ARANCELARIA

En 2018, el arancel promedio para Ecuador en Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo fue 5,61%. Los países con los aranceles de importación más altos para Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo fueron México (6,90%), Cuba (6,60%), Panamá (6,60%), Angola (6,11%), y Burundi (6,11%).

En 2020, Ecuador importó $3,62M en Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo (por ejemplo: máquinas de dibujar, pantógrafos, principalmente de China ($2,25M), Estados Unidos ($503k), México ($169k), Perú ($123k), y Alemania ($89,8k).

En 2020, Ecuador exportó $14,4k en Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo: máquinas de dibujar, pantógrafos. Los principales destinos de Ecuador exportaciones en Instrumentos de dibujo, trazado o cálculo fueron: Emiratos Árabes Unidos ($3,72k), Perú ($3,59k), Arabia Saudita ($3,09k), Colombia ($1,09k), y Bolivia ($764).

Esta partida arancelaria no requiere DPC, puesto que son aplicables a bienes para uso artístico y cultural.

CONCLUSIONES

- En la actualidad, se puede importar cualquier producto o servicio que se requiera, desde cualquier lugar del mundo, por lo tanto, se debe considerar cuáles son sus pros y sus contras al momento de considerar comprar el producto.

- Este tipo de productos son indispensables para la vida diaria de estudiantes y profesionales que ocupan estos instrumentos, ya que facilitan el trabajo con objetos cotidianos que se importa a diario.

RECOMENDACIONES

- Se recomienda ver el diagrama Complejidad-Afinidad que permite comparar el riesgo y el valor estratégico de las potenciales oportunidades de exportación para un producto. La afinidad es un predictor de la probabilidad de que un país aumente sus exportaciones en un producto. La Complejidad está asociada con mayores niveles de ingresos, crecimiento económico, menor desigualdad de ingresos y menores emisiones.

Bibliografía

Center for Collective Learning. (01 de 07 de 2022). OEC WORLD. Obtenido de https://oec.world/es/profile/bilateral-product/drafting-tools/reporter/ecu

Ministerio de Cultura y Patrimonio. (01 de 07 de 2022). Cultura y Patrimonio. Obtenido de https://www.culturaypatrimonio.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2019/09/Partidas-arancelarias.pdf

WordPress. (01 de 07 de 2022). Ibigurit.wordpress. Obtenido de https://ibiguridt.wordpress.com/temas/materiales/

 

AUTOR: Jacqueline Veloz

 

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