CLASIFICACION ARANCELARIA DE BOVINOS DOMESTICOS REPRODUCTORES DE RAZA PURA

DESCRIPCION DEL PRODUCTO

Los bovinos, son animales rumiantes que pastan de 9 a 11 horas diarias, se alimentan de gramíneas y leguminosas, e ingieren, también a diario, de 25 a 80 litros de agua – estas cifras varían según la época del año, el tipo de dieta, la raza, las características del animal, etc.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de los bovinos domésticos reproductores de raza pura en el presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado primera y sexta, tomadas en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), Reglas Generales que respectivamente dicen: 

RG 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas. 

RG 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.

 

NOTAS EXPLICATIVAS

La presente partida comprende todos los bovinos de la subfamilia Bovinae, aunque no pertenezcan a especies domésticas, cualquiera que sea su destino (por ejemplo: renta, crianza, cebado, reproducción, sacrificio). Entre ellos, se pueden citar:

 1) Los animales del género Bos, incluidos el buey común (Bos taurus), el Cebú o buey de joroba (Bos indicus) y el buey Watussi.

 2) Los animales del género Bubalus, incluidos el búfalo europeo (Bubalus bubalus), búfalo asiático, tamarao o arni (Bubalus arni) y el anoa de las Célebes o búfalo pigmeo (Bubalus depressicornis o Anoa depressicornis).

3) Los bueyes asiáticos del género Bibos, tales como el gaur (Bibos gaurus), el gayal (Bibos frontalis) y banteng (Bibos sondaicus).

4) Los búfalos de África del género Syncerus, tales como el búfalo enano (Syncerus nanus) y el búfalo cafre (Syncerus caffer).

5) Los yaks (Poephagus grunniens) del Tíbet.

6) Los animales del género Bison, a saber, el bisonte de América (Bison bison), llamado “búfalo”, y el bisonte de Europa (Bison bonasus). 7) El “beefalo” (cruce de bisonte con un animal doméstico de la especie bovina).

NOTA EXPLICATIVA DE SUBPARTIDA.

Subpartida 0102.10

En la subpartida 0102.10, la expresión reproductores de raza pura comprende solamente los animales reproductores que se consideran de raza pura por las autoridades nacionales competentes

NOTA DE CAPITULO

Este Capítulo comprende todos los animales vivos, excepto:

  • los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, de las partidas 03.01, 03.06, 03.07 ó 03.08;
  • los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02;
  • los animales de la partida 95.08

CLASIFICACION ARANCELARIA

SECCION I: Animales Vivos y Productos del Reino Animal

CAPITULO 1: Animales Vivos

PARTIDA 01.02: Animales vivos de la especie bovina.

                            - Bovinos domésticos:

SUBPARTIDA 0102.21.00.00: Reproductores de raza pura

INFORMACION ARANCELARIA

ARANCEL ADVALOREM                          0%

FODINFA                                                      0.5%

IVA                                                                 12%

INFORMACION NO ARANCELARIA

Presentación de Requisito

  • Permiso Zoosanitario de Importación
  • Documento de Destinación Aduanera

El permiso zoosanitario de importación es emitido por Agrocalidad

El documento de destinación aduanera es un documento de control previo emitido por Agrocalidad

 

CONCLUSION

En conclusión, podemos decir que la partida de esta mercadería es el 01.02 y su subpartida en el cual va el producto es el 0102.21.00.00 el mismo que paga un IVA del 12%, fodinfa del 0.5%, un advalorem del 0% Además, que tiene que presentar el permiso Zoosanitario de importación emitido por Agrocalidad y el documento de control previo emitido por Agrocalidad.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda ver y analizar cada una de las características del producto para clasificar de una manera correcta con la ayuda de las notas explicativas, reglas interpretativas para que así sea clasificado de una mejor manera con todos los documentos correspondientes.

BIBLIOGRAFIA

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf 

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO 

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf 

SERVICIO DE ADUANA

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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