Clasificación Arancelaria de la “Carne de cuy congelada”

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  • Descripción del producto:

La carne de cuy (Cavia porcellus) es un alimento de excelente sabor y calidad. Se caracteriza por contener alto nivel proteico y bajo en grasa; además, colesterol de buena calidad, minerales y vitaminas. Su presentación es empacada al vacío.

  • Reglas Generales Interpretativas De La Nomenclatura Arancelaria

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

Regla 6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Notas de Capítulo

1.– Este Capítulo no comprende:

  1. a) respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana
  • Notas Explicativas

-Nota Explicativa de aplicación nacional

Consideraciones Generales

Sólo están comprendidos en este Capítulo la carne y los despojos presentados en las formas siguientes,aunque hayan sido sometidos a un tratamiento térmico poco intenso con agua caliente o vapor (como el escaldado o blanqueado), pero que no tenga por efecto una verdadera cocción de los productos:

1) Frescos (es decir, en estado natural), incluso espolvoreados con sal para conservarlos durante el transporte.

2) Refrigerados, es decir, enfriados generalmente hasta una temperatura aproximada a los 0 °C sin llegar a la congelación.

3) Congelados, es decir, enfriados por debajo del punto de congelación hasta obtener la congelación total.

4) Salados o en salmuera, secos o ahumados

-Nota Explicativa de subpartida

Esta partida comprende la carne y despojos de los animales de la partida 01.06, utilizados en la alimentación humana, incluidos el conejo, liebre, rana, reno, castor, ballena y tortuga.

Partida 01.06

Esta partida comprende, entre otros, los animales domésticos o salvajes siguientes:

  1. A) Mamíferos:

3) Los demás (por ejemplo, renos, gatos, perros, leones, tigres, osos, elefantes, camellos (incluyendo dromedarios), cebras, conejos, liebres, ciervos, antílopes, gamuzas, zorros, visones y los animales que se crían para peletería).

  • Clasificación Arancelaria

Sección

I Animales Vivos Y Productos Del Reino Animal

Capítulo

2 Carne y despojos comestibles 

Partida

02.08 Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o

congelados.

Subpartida

0208.90.00.00 -Los demás 

  • Información arancelaria

Ad valorem

20%

FODINFA

0,5%

IVA

12%

  • Información para arancelaria

-Permiso Zoosanitario de Importación emitido por Agrocalidad

-El Documento de Destinación Aduanera es un documento de control previo emitido por AGROCALIDAD

  • Conclusión

La carne de cuy congelada es un producto de excelente sabor y calidad. Se caracteriza por contener alto nivel proteico y bajo en grasa. Luego de un análisis y revisión de reglas generales de interpretación y notas explicativas la “carne de cuy congelada” se encuentra dentro del capítulo 2 “Carne y despojos comestibles”, en la partida 02-08 “Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o

congelados” y finalmente se clasifica en la subpartida arancelaria 0208.90.00.00 -Los demás. 

  • Recomendación 

Importante que cada producto cuente con una ficha técnica, además de revisar previamente las reglas generales de interpretación y notas explicativas, ya que en ellas se detallan el alcance que tiene cada capítulo, partida y subpartida, logrando una visión más exacta y llegar a la subpartida correcta. Por último, revisar los documentos previos o de acompañamiento que necesita para tener todo claro al momento de importar un producto.

  • Referencias Bibliográficas

Resolución N°. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.



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