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Descripción del Producto

Los molinillos de pimienta no solo se usan para la pimienta sino que también es excelente para moler la sal marina, anteriormente se utilizaban los saleros o pimenteros los cuales funcionaban con los condimentos ya molidos lo que hacía que estos perdieran el sabor.

Por esta razón hoy en día puedes encontrar en el mercado una gran variedad de molinillos de pimienta de diferentes tamaños y colores, estos se han convertido en un utensilio muy práctico tanto en restaurantes como en las cocinas tradicionales. Con este fabuloso molinillo puedes moler la pimienta de una vez y así obtener su aroma porque al molerle esta desprende sustancias aromáticas que al olerlas abre el apetito.

Los molinillos de sal y pimienta cuentan con una superficie mate de agarre suave que es lo suficientemente moderna para la mesa y fácil de limpiar cuando cocinar se vuelve un caos. Los mecanismos cerámicos de alta calidad están fabricados para durar por años. Utilice los ajustes en la parte superior para moler los condimentos de manera fina o gruesa.

 

Características

 

  • Trituradora regulable para gránulos finos o gruesos
  • Mecanismo cerámico de alta calidad
  • Superficie de agarre suave para un uso cómodo
  • Fabricados en acrílico o cerámica
  • Con tan solo unos pocos giros obtendrás pimienta y sal muy fina.
  • Alta duración
  • 15,5 cm de alto
  • 0,23 libra/ 0,11 kg

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REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

Regla 1.

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes:

Regla 6.

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

 

TÍTULOS DE SECCIÓN, CAPÍTULO O PARTIDA

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DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS

82.10 Aparatos mecánicos accionados a mano, de peso inferior o igual a 10 kg, utilizados para preparar, acondicionar o servir alimentos o bebidas.

Esta partida comprende los aparatos mecánicos que no sean eléctricos, generalmente accionados a mano, de peso inferior o igual a 10 kg, empleados para preparar, acondicionar o servir alimentos o bebidas.

Para la aplicación de esta partida, un aparato se considera mecánico cuando tiene mecanismos, tales como engranajes, dispositivos de tornillos de Arquímedes o bomba; por el contrario, una simple palanca o un simple pistón impulsor no se consideran en sí mismos como dispositivos que acarreen la clasificación en esta partida, salvo que el aparato esté diseñado para fijarlo en un mueble, una pared, etc., o para apoyarse en un basamento, pues en este caso llevará una placa de asiento, un zócalo, armazón, etc.

Los aparatos comprendidos aquí son generalmente artículos que normalmente se clasifican en la partida 82.05, o bien, en el Capítulo 84, pero que satisfacen a la vez las condiciones siguientes:

1) Peso inferior o igual a 10 kg.

2) Presencia de un dispositivo mecánico.

 

Se clasifican principalmente en esta partida, si cumplen las condiciones antes mencionadas, los artículos siguientes:

Los molinos de café o de especias, los molinos de legumbres, las maquinitas para picar y trocear la carne (picadoras de carne y similares), para moler la carne, rallar el queso, cortar o pelar las hortalizas o los frutos (incluidos los cortapatatas), para cortar pan (incluidos los cuchillos con basamento), para fabricar pastas alimenticias, sacar el hueso a los frutos (con exclusión de los manuales con un simple muelle), para poner tapones y cápsulas a las botellas, para cerrar las latas de conserva, abrelatas mecánicos (con exclusión de los abrelatas sencillos de la partida 82.05), mantequeras, heladoras, batidoras de mayonesa, de nata o de huevos, moldes para formar las bolas de helados, las prensas y pasadores de frutas, de jugo de carne, aparatos para descorchar botellas y para moler hielo.

 

TRIBUTOS FIJOS DE LA MERCANCÍA

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RESTRICCIÓN ARANCELARIA 

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Conclusión

Para la correcta clasificación de este producto es necesario tomar en consideración aspectos como el uso y funcionalidad, esto lo podemos obtener a través de un breve análisis de sus principales características en las cuales se logra conocer para que esta destinado, como funciona y cuál es su uso principal. Además, es necesario reconocer características como si es manual o eléctrico ya que ese es un factor determinante para poder clasificarlo dentro de esta subpartida.

 

Recomendación

Apoyarse de los documentos como el Arancel Nacional, las reglas generales interpretativas y sobre todo de las notas explicativas ya que estas nos brindan una visión más amplia sobre las mercancías que deben ser clasificadas bajo alguna partida o subpartida.

Realizar un estudio previo en el cual se logre conocer las principales características que presenta el producto.

 

Autor: Diana Sabando

 

Bibliografía:

SENAE.

http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/ARANCEL_FINAL_1_DE_ENERO_R93.pdf

Importaciones Ecuador. (08 de Abril de 2021). Reglas de interpretación Arancelaria NANDINA. Obtenido de:

https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglas-de-interpretacion-arancelaria-nandina/

Intranet Comunidad Andina. Obtenido de:

http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

 

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