Cerezas en almíbar, sabor que endulza tu día. Acompáñame a clasificarlas.

Descripción del producto 

Las cerezas son frutas pequeñas y redondas que provienen del árbol del cerezo (Prunus avium). Son conocidas por su sabor dulce y jugoso, así como por su característico color rojo brillante, aunque también pueden ser de otros colores como amarillo o negro, dependiendo de la variedad. 

Las cerezas son uno de los pocos alimentos que contienen melatonina, un antioxidante que ayuda a regular el ritmo cardíaco y los ciclos de sueño del cuerpo. Una de las frutas más demandadas en el mercado son las cerezas, pues están deliciosas y tienen muchos nutrientes. Esta fruta roja está repleta de vitaminas y minerales y aportará a nuestro organismo vitamina C y vitamina E, hierro, calcio y potasio. Esta fruta en almíbar es un postre muy demandado que, además, si se conserva en perfectas condiciones podemos degustar cuando queramos o, incluso, ofrecerlo como regalo, un detalle de este tipo siempre será un acierto. 

Clasificación Arancelaria y Reglas Generales Interpretativas Utilizadas

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Con esta regla podemos determinar que las cerezas en almíbar se encuentra ubicada en:

La Sección IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS. 

Capítulo 20: Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas

Partida 20.08: Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.

Ahora, con la finalidad de encontrar la subpartida del producto, se hace uso de la sexta regla general interpretativa.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Con esto podemos determinar que se clasifica en 

Subpartida 2008.60.10.00 - - En agua con adición de azúcar u otro edulcorante, incluido el jarabe.

Notas explicativas

Esta partida comprende las frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, incluidas las mezclas de estos productos, enteros, troceados o aplastados, preparados o conservados por procedimientos distintos de los especificados en otros Capítulos o partidas precedentes de este Capítulo. 

Comprende, entre otros: 

1) Las almendras, cacahuates (cacahuetes, maníes), nueces de betel, nueces de nogal y otros frutos de cáscara, tostados, en atmósfera seca, con aceite o grasa, incluso conteniendo o recubiertos con aceite vegetal, sal, saboreadores, especias u otros aditivos. 

2) La manteca de cacahuate (cacahuete, maní), presentada en pasta obtenida por trituración de los cacahuates (cacahuetes, maníes) tostados, con sal o aceite. 

3) Las frutas u otros frutos (incluidas cortezas y semillas) conservados en agua, en jarabe, con alcohol o conservantes químicos. 

Tributos fijos para la mercancía

AD VALOREM: 30%

IVA: 12%

FONDINFA: 0,5%

Restricciones y prohibiciones

  • Presentar Certificado Sanitario (Documento de Control Previo).
  • No tiene ninguna prohibición. 

Conclusiones

Según las Reglas Generales Interpretativas y las Notas Explicativas, es posible determinar que las cerezas en almíbar se clasifican en la Partida 20.08: Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte y en la subpartida 2008.60.10.00 - - En agua con adición de azúcar u otro edulcorante, incluido el jarabe.

Recomendaciones

  • Una de las recomendaciones importantes es tener muy en cuenta de que está hecho el producto para a partir de ahí clasificar.
  • Al momento de clasificar debemos tener presente las reglas interpretativas y las notas explicativas, esto nos guiará y nos ayudará a tener una clasificación más efectiva.

Referencias Bibliográficas

Helios. (2023). Cerezas en almíbar. https://www.helios.es/las-propiedades-de-las-cerezas-un-aliado-anti-edad/#:~:text=Los%20antioxidantes%20%E2%80%93presentes%20tanto%20en,%2C%20B2%2C%20B6%20o%20C.

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR. https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales