Descripción del producto

Las medusas son invertebrados marinos pertenecientes al filo Cnidaria, clase Scyphozoa. Poseen cuerpo en forma de campana o sombrilla, de consistencia blanda y gelatinosa.

Su cuerpo está compuesto por más de un 95% de agua. Carecen de órganos y de un sistema circulatorio o respiratorio definido. Se desplazan por contracción muscular de su campana, que funciona como órgano locomotor.

Habitan en los océanos del mundo, tanto en aguas tropicales como templadas. Son carnívoras y se alimentan principalmente de zooplancton, larvas de peces y crustáceos pequeños. Capturan sus presas con células urticantes llamadas cnidocitos.

Algunas especies forman colonias de pólipos que luego se desprenden originando las medusas. Otras se reproducen sexualmente. Tienen ciclos de vida complejos con varias etapas morfológicas.

Para consumo humano se capturan cuando realizan migraciones masivas. Se preparan en ensaladas y otros platos en países asiáticos. Se comercializan frescas, congeladas, saladas o deshidratadas. Requieren manipulación cuidadosa por su fragilidad.

A nivel industrial también se aprovechan como fuente de colágeno y otros componentes en alimentos, farmacéutica y cosmética. Deben conservarse refrigeradas entre 0-4°C para mantener su calidad.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores ,bien entendido subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

De acuerdo con estas dos reglas se establece que el bombón de chocolate con relleno de licor se clasifica en:

SECCIÓN IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS

Capítulo 16: Preparaciones de carne, pescado de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos

16.05.63.00.00: Medusas

Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 16.04 sobre los diferentes estados en que se presentan los productos de esta última partida se aplican, mutatis mutandis, a los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos de esta partida, salvo, sin embargo, los crustáceos cocidos en agua o vapor que, mientras no estén pelados, se clasifican en la partida 03.06, aunque se les hayan añadido pequeñas cantidades de productos químicos para su conservación provisional.

Entre los crustáceos y moluscos que con mayor frecuencia se preparan o conservan, se pueden citar: cangrejos, camarones y langostinos, bogavantes, langostas, cangrejos o camarones de río (ástacos, por ejemplo), mejillones, pulpos, calamares y caracoles. Entre los demás invertebrados acuáticos preparados o conservados que se clasifican en esta partida, los principales son los erizos de mar, los cohombros de mar y las medusas.

Tributos fijos para la mercancía

PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO SAFP

0 %

IVA

12%

AEC

0%

INCREMENTO ICE

0%

ICE ADVALOREM

0%

FONDINFA

0.5%

ANTIDUMPING

0%

SALVAGUARDIA

0%

ARANCEL ADVALOREM

30%

 

Restricciones y prohibiciones:

Código de régimen

Tipo de restricción

Código de institución

País de destino

IMPORTACION A CONSUMO

PROHIBICION

COMITE DE COMERCIO EXTERIOR        

REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DE COREA

 

Conclusiones:

Las medusas son invertebrados marinos gelatinosos del filo Cnidaria que, según la descripción del producto y aplicando la Regla General Interpretativa 1 y 6, se clasifican en la partida arancelaria 1605.63.00.00 de "Medusas" del Capítulo 16, la cual comprende moluscos y demás invertebrados acuáticos preparados o conservados para consumo humano; por lo tanto, por tratarse de invertebrados marinos comestibles procesados, las medusas se ajustan a lo establecido en esta partida específica del Arancel, quedando sujetas en Ecuador a un arancel ad-valorem del 30%, IVA del 12%, FONDINFA del 0.5%, y prohibición de importación desde Corea del Norte y Corea del Sur, por lo que se deben cumplir los requisitos sanitarios, de etiquetado y de composición para su internación y comercialización en el país.

Recomendaciones:

  • Mantener registros actualizados sobre composición, especies y estado de las medusas a importar, para sustentar su clasificación en la partida arancelaria 1605.63.00.00.
  • Contar con un certificado de origen y ficha técnica del producto que detalle su procesamiento, ingredientes, aditivos, etc. Esto facilitará su clasificación e internación al Ecuador.
  • Verificar requisitos sanitarios de importación con las entidades regulatorias como Agrocalidad y ARCSA, para el cumplimiento de límites máximos de contaminantes, uso de aditivos, etc.
  • Revisar periódicamente posibles cambios en las subpartidas o en las Notas del Capítulo 16 que incluye las medusas, para cerciorarse de que la clasificación se mantiene actualizada.
  • Considerar la prohibición de importar el producto desde Corea del Norte y Corea del Sur, buscando proveedores en otros países.
  • Contar con asesoría legal o un agente afianzado en aduanas para facilitar el proceso de nacionalización de las medusas con la partida arancelaria correcta.
  • Prever que se deberá pagar aranceles e impuestos como IVA y FONDINFA previo a la internación de las medusas al Ecuador.

Referencias Bibliográficas:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

de, Colaboradores. “Subfilo de Cnidarios.” Wikipedia.org. Wikimedia Foundation, Inc., Febrero 22, 2004. https://es.wikipedia.org/wiki/Medusozoa.

 

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