INTRODUCCION

Las bolsas de agua caliente son dispositivos simples pero efectivos que se utilizan para aliviar una variedad de dolencias y malestares. Consisten en bolsas selladas que contienen agua caliente y están diseñadas para aplicarse sobre áreas específicas del cuerpo. A lo largo de los años, estas bolsas han sido una opción popular para aliviar el dolor muscular, reducir el estrés y mejorar la circulación sanguínea. Su versatilidad y facilidad de uso las convierten en una herramienta invaluable en el cuidado personal y el bienestar físico.

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

  • Bolsa de agua caliente es un recipiente de material flexible, usado tradicionalmente como calientacamas o para aliviar dolores musculares, ​ ha sido en gran medida sustituida por las mantas eléctricas y recursos similares.
  • Uso: Para dolor muscular y espasmos, esguince, tensión y rigidez, etc.
  • Caucho Natural
  • Tapón de Plástico
  • Capacidad 2000ml
  • Opción de colores
  • Certificaciones: ISO – CE Certificado de Conformidad.
  • Precauciones: Asegurarse que la tapa quede bien cerrada.
  • No exponer a la luz solar directa y mantener en lugar fresco.
  • Dimensiones del producto (alto/ancho/profundidad): 34 x 20 cm

 REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

REGLA 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

REGLA 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS DEL CAPITULO

En la Nomenclatura, salvo disposición en contrario, la denominación caucho comprende los productos siguientes, incluso vulcanizados o endurecidos: caucho natural, balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas, caucho sintético, caucho facticio derivado de los aceites y todos estos productos regenerados.

NOTA EXPLICATIVA

Esta partida comprende los artículos de caucho vulcanizado sin endurecer, con guarniciones de caucho endurecido o de otras materias o sin ellas, que se utilizan para fines de higiene o de profilaxis tales como: preservativos, cánulas, peras para inyección o para otros usos (para cuentagotas, vaporizadores, etc.), tetinas, pezoneras, bolsas de hielo o de agua caliente, bolsas para oxígeno, dediles o cojines neumáticos para enfermos.

Las prendas y complementos de vestir (incluidos los guantes y las prendas de vestir de protección contra los rayos X) se clasifican en la partida 40.15.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN

SECCION VII PLASTICOS Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS

CAPÍTULO

CAPITULO 40

CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS

PARTIDA

40.14 Artículos de higiene o de farmacia (comprendidas las tetinas), de caucho vulcanizado sin endurecer, incluso con partes de caucho endurecido.

SUBPARTIDA

4014.90.00.00– Los demás.

 

TRIBUTOS FIJOS PARA LA MERCANCÍA

ARANCEL ADVALOREM

25%

IVA

12%

FODINFA

0.5%

 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES

  • Código de régimen: Importación a consumo
  • Tipo de restricción: Presentación de requisito
  • Código de institución: Agencia Nacional de Regulación, Control y vigilancia Sanitaria
  • Código de Requisito: DCP

 

  • País de origen: República de Corea
  • Código de régimen: Importación a consumo
  • Tipo de restricción: Prohibición
  • Código de Institución: Comité de Comercio Exterior
  • Código de requisito: NIN

 CONCLUSIONES

La clasificación arancelaria de las bolsas de agua caliente se determina siguiendo las reglas generales interpretativas 1 y 6, así como las reglas generales de la sección y el capítulo 1, junto con las notas explicativas de la partida 40.14 del Sistema Armonizado. Según esta clasificación, las bolsas de agua caliente se encuentran dentro de la Sección VII de Plásticos y sus manufacturas, en el Capítulo 40 de Caucho y sus manufacturas, bajo la partida 40.14 que abarca Artículos de higiene o de farmacia (incluidas las tetinas), de caucho vulcanizado sin endurecer, incluso con partes de caucho endurecido. Específicamente, se clasifican como 4014.90.00.00 Los Demás. Esta clasificación arancelaria implica que el producto está sujeto a impuestos al comercio exterior, incluyendo un arancel ad valorem del 25%, un impuesto al valor agregado (IVA) del 12% y FODINFA del 0,5%.

RECOMENDACIONES

Es aconsejable considerar las Reglas Generales Interpretativas durante el proceso de clasificación arancelaria. También se sugiere utilizar y aplicar las notas explicativas para identificar una subpartida arancelaria específica.

REFERENCIAS

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE). Consulta del Arancel. Mesa de Servicios. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

https://sydquintanilla.com/product/bolsa-para-agua-caliente/

 

 

 

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