El trámite para autorización de salida temporal de armas municiones y accesorios, del país no tiene costo alguno y el tiempo estimado de entrega es de 2 horas.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

Esta autorización permite la salida temporal de armas y municiones por un tiempo determinado, justificando previamente las razones y especificando el plazo que tiene para permanecer fuera del país, a su vez las características específicas y el documento que avale la propiedad de los objetos.

CONCLUSIÓN:

La autorización para la salida temporal de armas y municiones no tiene costo alguno y su tramitación es de 2 horas.

En caso de existir suficiente producción nacional, se abastezcan las necesidades internas del país, se puede realizar la exportación de armas, municiones, explosivos y accesorios de uso civil.

RECOMENDACIÓN:

Es importante saber que la salida temporal de armas, municiones, explosivos y accesorios, se realizará con autorización del Ministro de Defensa Nacional, previo informe favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Para obtener la correspondiente autorización tienen que dirigir su solicitud al Ministro de Defensa Nacional, que con el informe favorable del Comando Conjunto de las FF.AA., emitirá su autorización de salida temporal y se concederá la Guía de Libre Tránsito.

FUENTE:
Secretaria Nacional de la Administración Pública
controlarmas.ccffaa.mil.ec/sites/default/files/reglamento_armas.pdf

AUTOR:
Jéssica Bautista

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