La devolución total o parcial al exterior de aquellas mercancías importadas a consumo, está libre del pago de tributos, excepto tasas por servicios, conforme a las condiciones establecidas en el reglamento. La reimportación de mercancías en el mismo estado al amparo del correspondiente régimen aduanero contemplado en el presente Código está exenta del pago de tributos excepto las tasas por servicios.…