Introducción
Las huevas son la masa de huevos de algunos peces y otras especies marinas como el erizo de mar, la gamba y la vieira. Se emplean en cocina en muchos platos, incluso crudas.
Se sirven tanto crudas, como salteadas, asadas, fritas o aliñadas. La hueva de atún es un elemento típico de las tablas o platos de salazones junto al bonito seco o la mojama.
Aunque están disponibles durante todo el año en los mercados, su estacionalidad es más marcada en la época de Navidad.
Reglas Generales Interpretativas
- RGI N°1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
- RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.
Notas Explicativas
Las huevas y lechas de pescado no comestibles y en particular:
1°) Las huevas fecundadas vivas destinadas a la reproducción, que se reconocen por la presencia en su superficie de dos pequeñas manchas negruzcas que corresponden a los ojos del futuro alevín.
2°) Las huevas saladas de bacalao, caballa y similares, que constituyen la raba o cebo para la pesca. Se distinguen de los sucedáneos de caviar (partida 16.04) por su olor desagradable y por el hecho de presentarse en barricas.
Las huevas y lechas comestibles de pescado están comprendidas en el Capítulo 03.
Análisis Arancelario
Posición Arancelaria
SECCIÓN | I | ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL |
CAPÍTULO | 05 | Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte |
PARTIDA | 05.11 | Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 ó 3, impropios para la alimentación humana. |
SUBPARTIDA | 0511.91.10 | Huevas y lechas de pescado |
Información Arancelaria
Tributos | Valor |
FODINFA | 0.5% |
IVA | 12% |
ADVALOREM | 0% |
Conclusión
El análisis indica que la mercancía denominada como “hueva de pescado”, se encuentra dentro del Capítulo 05 del Sistema Armonizado correspondiente a Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte, específicamente en la partida 0511.91.10 dado a que corresponde a un grupo de huevas de pescado destinados a ser fecundados y no a la alimentación humana
Recomendación
Se recomienda tener claro que para poder clasificar la hueva de pescado en este capitulo y subpartida respectivamente se debe denotar que este tipo de hueva no esta destinada para el consumo humano, pues aquí pueden tener utilidades varias tales como para posterior fecundación y crianza o para cebo.
Bibliografía
Ecuador, I. (2022, mayo 1). 05.11 Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/notas-explicativas/animales-vivos-y-productos-del-reino-animal/los-demas-productos-de-origen-animal-no-expresados-ni-comprendidos-en-otra-parte/productos-de-origen-animal-no-expresados-ni-comprendidos-en-otra-parte-animales-muertos-de-los-capitulos-1-o-3-impropios-para-la-alimentacion-humana/
SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 22 de diciembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
(S/f). Gob.es. Recuperado el 22 de diciembre de 2022, de https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/informacion/huevas_tcm30-102458.pdf
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