DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Un dirigible es una aeronave más ligera que el aire que se caracteriza por su capacidad para ser dirigida y controlada. También se conoce comúnmente como "aerostato" o "zeppelin". Está compuesto por un armazón o estructura interna que mantiene su forma, y ​​su cuerpo está lleno de un gas más ligero que el aire, como el hidrógeno o el helio, que le confiere flotabilidad.

La capacidad de dirigir un dirigible se logra mediante el uso de motores y timoneles que permiten controlar su dirección y altitud. Aunque los dirigibles han sido históricamente utilizados para diversas aplicaciones, como el transporte de pasajeros y carga, su popularidad disminuyó con el tiempo debido a ciertos incidentes y la aparición de aviones más rápidos y eficientes.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para establecer la categoría arancelaria de un producto a nivel de partida, se consideran las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado, son las pautas fundamentales del Sistema Armonizado, que guían la clasificación de bienes en la nomenclatura arancelaria, deben ser referenciadas en cada proceso de clasificación. Estas reglas tienen como objetivo principal mantener una coherencia uniforme en el criterio de clasificación.

La primera regla, es descrita como: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas”

Tomando en cuenta la primera regla, el producto se clasificará en:

SECCIÓN XVII: MATERIAL DE TRANSPORTE

Capítulo 88: Aeronaves, vehículos espaciales, y sus partes

Para determinar la subpartida, se utiliza la regla 6, la cual se denomina como:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, (cambiando lo que se deba cambiar) por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”

Después de esta consideración, se determina que la subpartida respectiva es:

8801.00.00.00 Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor.

Según las Notas Explicativas, la presente partida se refiere a los aparatos de navegación aérea más ligeros que el aire, cualquiera que sea el uso

a que se destinan (militar, deportivo, científico, publicitario, etc.). Se clasifican, pues, aquí los globos libres y los globos cautivos (retenidos al suelo por un cable), así como los dirigibles, que son aerostatos arrastrados por un órgano motor.

Se clasifican también aquí los globos de los tipos siguientes, empleados por los servicios aeronáuticos o meteorológicos:

1) Los globos sonda, utilizados para elevar a gran altura aparatos de radiosondeo. Algunos globos sonda pesan hasta 4,500 g pero el peso habitual varía de 350 g a

1,500 g.

2) Los globos piloto, que se lanzan para conocer la velocidad y la dirección del viento. Pesan generalmente de 50 g a 100 g.

3) Los globitos llamados de techo, más pequeños que los artículos precedentes (peso: de 4 g a 30 g) que se utilizan para determinar la velocidad de las nubes.

MECANISMOS ARANCELARIOS

  • Aranceles:

Ad valorem     0%

Fondinfa      0,5%

Iva                12%

 

  • Restricciones y prohibiciones:

Sin restricciones
Prohibiciones:
Corea del Norte.

CONCLUSIONES

Considerando el análisis previo realizado sobre su clasificación, se puede concluir que la mercancía en cuestión está sujeta a la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, además del uso de las Notas Explicativas, las cuales determinan que la mercancía se clasifica en la partida:
8801.00.00.00 Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor.

RECOMENDACIONES

  • Las Reglas Generales de Interpretación proporcionan directrices clave para la clasificación, por ello, se debe asegurar de entender las seis reglas, ya que son fundamentales para determinar la categoría correcta.
  • Se recomienda consultar la descripción de las partidas y subpartidas, examinando cuidadosamente las descripciones en las partidas y subpartidas del Sistema Armonizado, además de identificar los términos específicos que se aplican a la mercancía en las Notas del Capítulo 88, para obtener información detallada.
  • Se recomienda considerar la función principal, examinando los materiales y componentes que componen la mercancía.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Comex. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

González, I. (2022). El dirigible con capacidad para 100 pasajeros que unirá ciudades españolas en 2026. https://www.elespanol.com/omicrono/tecnologia/20220616/airlander-dirigible-capacidad-pasajeros-unira-ciudades-espanolas/680432171_0.html

 

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