Introducción

 “La política comercial permite regular y mantener las relaciones comerciales de una economía con el resto del mundo, a través de instrumentos y normas como la política arancelaria y cuotas de importación e incentivos para las exportaciones” (FAO, 2004) Siendo así esta política depende en gran medida de como un país quiere relacionarse con otros y que tan dispuesto está a defender o dar apertura a su comercio internacional.

En el caso de Ecuador si bien es cierto no se da una total apertura a un comercio libre ya que se debe intentar proteger la industria propia has tue se fortalezca, pero si se han buscado firmar tratados a fin de beneficiar las operaciones. Además de agilizar los procesos y trámites para un mejor funcionamiento, en este punto es donde entra la Ventanilla Única Ecuatoriana que será conocida como VUE.

Desarrollo

Durante un decreto presidencial se puso a la VUE como parte de la política de facilitación del comercio exterior donde se dispuso lo siguiente:

Atribuciones de la VUE

La VUE se regirá por las políticas que determine el decreto mencionado anteriormente además de regirse por las disposiciones del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

Coordinación y administración

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, tiene la responsabilidad de vigilar el avance de los proyectos de implementación de trámites y plantear mejoras en la VUE, realizar actividades de coordinación con las demás entidades públicas y emitir un informe a la Secretaría General de la Presidencia de la República sobre los avances y cumplimientos de las políticas y disposiciones de la administración aduanera, respecto a la VUE.

En cumplimiento del principio constitucional de cooperación entre las entidades públicas, todo cambio o modificación de los requisitos necesarios para realizar operaciones de comercio exterior, deberá ser comunicado previamente al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Las entidades públicas que, por disposición de la ley, deban realizar inspección física de la mercancía que ingrese o salga del territorio nacional por cualquier vía, coordinarán sus actividades para realizar todas las inspecciones de manera simultánea.

Interconexión

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador facilitará a las demás entidades responsables de conectarse a la VUE, la información necesaria para interconectarse con el Sistema Electrónico ECUAPASS o el sistema que haga sus veces.

La Superintendencia de Compañías y el Servicio de Rentas Internas deberán cruzar información en línea con la VUE, especialmente en cuanto al Registro Único de Contribuyentes, lista blanca de contribuyentes, comprobantes de venta, contratos, personas, sociedades y cualquier otra información que permita determinar la veracidad de tales operaciones, así como la capacidad de los contribuyentes para realizar operaciones de comercio exterior.

Obligaciones de las entidades públicas involucradas

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Fuente: SENAE

Conclusiones

  • El gobierno de cualquier país juega un rol importante al interferir y abrir paso a las actividades inmersas en el comercio exterior ya que de esta entidad dependerá el rumbo que tomen la políticas incluyendo las de facilitación del comercio o por el contrario aumentar barrerras a fin de sobreproteger la producción nacional. 
  • Por otra parte la VUE ha servido de mucho para disminuir las trabas con respecto a trámites, haciendo de esto algo más sencillo que no solo incentiva a más emprendedores a convertirse en exportadores o importadores sino que beneficia al pais en general ya que los mayores ingresos provienen de las actividades referidas al comercio exterior.

Recomendaciones

  • Es de gran importancia conocer acerca de la política comercial de un país antes de realizar negociaciones ya que dependiendo del enfoque que la misma tengo se podran llevar a cabo las operaciones esperadas.

Fuentes

Quiñonez C; Quiñonez L. (2018) Política de comercio exterior en Ecuador: Un análisis comparativo. Recuperado de:https://www.centrosureditorial.com/index.php/revista/article/view/81/221

SENAE. (2018).  Declarar a la Ventanilla Única Ecuatoriana y al Programa Operador Económico Autorizado como parte de la política de Facilitación del Comercio Exterior.  Recuperado de Decreto N° 312: https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/DECRETO-Nro-312.pdf

Autor

Pamela Michelle Gómez F.

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