El valor de transacción se calcula de la misma manera con respecto a mercancías idénticas, que han de responder a los siguientes criterios:

- Ser iguales en todos los aspectos, con inclusión de sus características físicas, calidad y prestigio comercial

- Haberse producido en el mismo país que las mercancías objeto de valoración

-Que las haya producido el productor de las mercancías objeto de valoración.

Para que pueda aplicarse este método, las mercancías deben haberse vendido al mismo país de importación que las mercancías objeto de valoración. Deben también haberse exportado en el mismo momento que las mercancías objeto de valoración, o en un momento aproximado.

De igual manera se podrá compara con otro producto siempre y cuando la mercancía con la que se vaya a comparar haya pasado por el primer método de valoración que es el método de valor de transacción, y a que a su vez este haya sido aceptado por la aduana.

En caso de no cumplirse lo primero se pasara a:

VENTA MISMO NIVEL COMERCIAL                          DIFERENTES CANTIDADES

VENTA DIFERENTE NIVEL COMERCIAL                          CANTIDADES IGUALES

VENTA DIFERENTE NIVEL COMERCIAL                          DIFERENTES CANTIDADES

Para poder tomar un precio referencial de la mercancía siempre debe ser el valor menor de las mercancías con las que se van a comparar en caso de no existir factura comercial.

Excepciones

Se admiten algunas excepciones, en particular:

- cuando no existan mercancías idénticas producidas por la misma persona en el país de producción de las mercancías objeto de valoración, podrán tenerse en cuenta mercancías idénticas producidas por una persona diferente en el mismo país;

- las pequeñas diferencias de aspecto no impedirán que se consideren como idénticas las mercancías que en todo lo demás se ajusten a la definición.

La definición excluye las mercancías importadas que incluyen trabajos de ingeniería, trabajos artísticos, etc. suministrados por el comprador al productor de las mercancías gratis o a precio reducido, realizados en el país de importación y que no hayan sido objeto de un ajuste

CASOS EN QUE LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANAS TENGAN MOTIVOS PARA DUDAR DE LA VERACIDAD O EXACTITUD DEL VALOR DECLARADO.

El valor en aduana basado en el método del valor de transacción depende en gran medida de los documentos presentados por el importador. En el artículo 17 del Acuerdo se confirma el derecho de las administraciones de aduanas a “comprobar la veracidad o la exactitud de toda información, documento o declaración”. En una “Decisión relativa a los casos en que las administraciones de aduanas tengan motivos para dudar de la veracidad o exactitud del valor declarado”, adoptada por el Comité de Valoración en Aduana en aplicación de una Decisión Ministerial adoptada en Marrakech, se indica el procedimiento que ha de seguirse en esos casos. Como primera medida, la administración de aduanas podrá pedir al importador que proporcione una explicación complementaria de que el valor declarado representa la cantidad total realmente pagada o por pagar por las mercancías importadas. Si, una vez recibida la información complementaria, la administración de aduanas tiene aún dudas razonables (o si no obtiene respuesta), podrá decidir que el valor en aduana de las mercancías importadas no puede determinarse con arreglo al método del valor de transacción. Antes de adoptar una decisión definitiva, la administración de aduanas debe comunicar sus motivos de duda al importador, que, a su vez, debe disponer de un plazo razonable para responder. También deben comunicarse al importador, por escrito, los motivos en que se haya inspirado la decisión definitiva.

COMENTARIO:

Como podemos darnos cuenta es muy importante saber que metodo de valoracion aduanera se va aplicar el momento de que una mercancia llegue al pais de destino. En este caso el metodo de valoracion de mercancias similares nos dice que este siempre se aplicara en caso que la mercancia llegue sin factura comercial, en ese momento se debera recurrir a ver los precios de mercancias similares que ya hayan ingresado al pais legalmente.

Es muy importante saber cada mecanismo que se vaya a implemtentar, ya que segun este se procedera al pago de los tributos al comercio exterior.

De igual manera se debera analizar cada uno de los diferntes metodos para saber cual es el mejor para aplicar a una mercancia, pero siempre se debe ir en orden, es decir primero se debera valorar con el primer metodo, y si este no funciona se pasara al siguiente y asi sucesivamente.

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