INTRODUCCIÓN

     El proceso de exportación inicia con la trasmisión electrónica de la Declaración Aduanera de Exportación (DAE) a través del sistema ECUAPASS, acompañado de la factura o proforma y la documentación necesaria previa al embarque. Los datos que se consignan en la DAE son la información correspondiente al exportador o declarante, descripción de la mercancía por ítem de factura, datos del consignante o importador, destino de la carga, cantidades, peso, entre otros. Por otra parte, los documentos digitales que acompañan a la DAE y que se gestionan a través del sistema ECUAPASS son la factura comercial, autorizaciones previas y certificados de origen del ser el caso (SENAE, 2020).

     En este contexto, la plataforma informática del Servicio de Rentas Internas (SRI) mantiene una interconexión con el sistema aduanero ECUAPASS, y permite verificar los números de clave de acceso de las facturas electrónicas autorizadas en Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE). Es así que, el usuario externo puede generar la DAE únicamente con el número de factura proforma sin la necesidad de adjuntar digitalmente la factura para dar inicio al proceso de transmisión y presentación de declaraciones de exportación en el sistema aduanero ECUAPASS.

DESARROLLO

Uso de facturas físicas y electrónicas

     Los exportadores pueden utilizar como documento de acompañamiento para la transmisión, corrección o declaración sustitutiva de sus Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE), tanto la factura comercial como la factura electrónica. Es importante tener en cuenta las consideraciones siguientes:

     Factura Comercial

  • Digitar el número de la factura en el campo “Número de documento de acompañamiento”. Ejemplo: 001-001-000000002

     Factura Electrónica

  • Digitar el número de clave de acceso (49 dígitos) de la factura electrónica autorizada por el SRI. (SENAE, 2015)

Interconexión del sistema ECUAPASS con el SRI para verificación de Facturas Electrónicas

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, 2015)

Representación Impresa del Documento Electrónico (RIDE)

     El Servicio de Rentas Internas (SRI) promueve la facturación electrónica en Ecuador desde el año 2012. Es así que la Representación Impresa de un Documento Electrónico (RIDE) se aplica a facturas, comprobantes de retención, notas de crédito y débito, así como guías de remisión (García, 2015).

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Fuente: (Servicio de Rentas Internas, 2020)

     En este sentido, para generar la Declaración Aduanera de Exportación es necesario digitar el número de la factura comercial, sin adjuntar la factura definitiva autorizada por el SRI, mismo que no es un documento de soporte necesario para continuar con el proceso de despacho de las mercancías exportadas. Sin embargo, el funcionario aduanero podrá requerir la presentación de los documentos originales de ser necesario como medida de control (SENAE, 2015).

     Para el caso de facturas electrónicas, el exportador debe adjuntar el respectivo archivo RIDE. Es importante señalar, que las representaciones de los comprobantes electrónicos tienen validez tributaria y jurídica.

     Se debe tener en cuenta lo siguiente:

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (García, 2015)

Ejemplo: Directrices para la aplicación de facturación electrónica

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (PREGUNTAS FRECUENTES e-BILLING, s.f.)

 

CONCLUSIONES

  • Cuando se seleccione el tipo de documento de acompañamiento “116-Factura Electrónica” se debe ingresar el número de clave de acceso de la factura electrónica autorizada por el Servicio de Rentas Internas, mismo que se compone de 49 dígitos; y adjuntar el archivo RIDE de la factura electrónica. Adicionalmente, se debe agregar el detalle de todas las facturas que amparan la DAE con los respectivos números de claves de acceso.
  • Cuando se seleccione el tipo de documento de acompañamiento “010-Factura Comercial” se debe ingresar el número de la factura correspondiente y continuar con el procedimiento regular referente a la modalidad de factura pre impresa.

RECOMENDACIONES

  • Es recomendable verificar que el archivo de la Representación Impresa de Documentos Electrónicos (RIDE) cuente con un número de autorización, mismo que acredita su validez tributaria y jurídica, de lo contrario el sistema ECUAPASS mostrará un mensaje de error. De esta forma, los comprobantes electrónicos deben ser transmitidos previamente al SRI y constar en la base de datos de comprobantes autorizados.
  • Es recomendable verificar los requisitos correspondientes al esquema de emisión de comprobantes electrónicos que se realiza a través de la plataforma informática del SRI, por lo cual es necesario contar con el certificado digital de firma electrónica adquirido en las Entidades de Certificación Autorizadas, de esa forma se podrá adjuntar facturas electrónicas en la Declaración Aduanera de Exportación necesarios para la trasmisión, solicitud de corrección y declaración sustitutiva.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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