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Salvamanteles de Corcho Natural con Asas de Cuerda/Rectangular

  • Descripción del producto

Estos soportes rectangulares gruesos y redondeados para ollas calientes de corcho natural brindan una protección sustancial a su superficie de trabajo y a su mesa evitando la formación de "anillos de calor". El mango de cuerda te permite colgarlos en la pared de tu Cocina.

El corcho natural proporciona excelentes propiedades aislantes, lo que le permite colocar platos y sartenes directamente de la placa o del horno sin temor a dañar las superficies. El soporte para ollas calientes también protege contra derrames accidentales.

El corcho es la corteza interior esponjosa de un tipo de roble originario de las regiones secas del Mediterráneo. Es duradero y resistente al calor. Se puede cosechar cada 9-12 años sin dañar el árbol. Este recurso renovable es extremadamente valioso para el medio ambiente.

Material: corcho
Dimensiones: 30x20cm
Grosor: 2cm


Reglas Interpretativas

Regla 1

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes”.

Regla 3

Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:

3.a) la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deberán considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa;

Regla 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Notas de Capítulo

Nota. 1. Este Capítulo no comprende:

  1. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  2. b) los sombreros, demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
  3. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos)
  • Notas Explicativas

Esta partida comprende entre otros:

1) Los tapones de cualquier clase de corcho natural, incluidos los esbozos con las aristas redondeadas. Los tapones de corcho pueden tener simples arandelas, placas o adornos accesorios de metal, plástico, etc. Sin embargo, los tapones vertedores, los tapones dosificadores y demás artículos en los que el corcho sólo constituya un elemento secundario se clasifican en otra parte y siguen el régimen de la materia constitutiva que confiera al objeto el carácter esencial.

2) Los discos y juntas para recipientes, las arandelas para fondos de cápsulas, los manguitos interiores para cuellos de botella y demás artículos para taponado de corcho natural.

3) Los bloques, placas, hojas o tiras de corcho cortadas de forma distinta de la cuadrada o rectangular, las boyas de salvamento, los flotadores para redes de pesca, las alfombras de baño, los salvamanteles, soportes de máquinas de escribir u otros.

4) Los mangos de cuchillos o de otros artículos, las juntas de máquinas (con exclusión de las incluidas en un surtido de la partida 84.84).

Se excluyen de esta partida:

  1. a) El calzado y sus partes, principalmente las plantillas amovibles, del Capítulo 64.
  2. b) Los artículos de sombrerería y sus partes, del Capítulo 65.
  3. c) Las cápsulas de sobretaponado de metal común con arandelas de corcho en el interior (partida 83.09).
  4. d) Los tacos y separadores para cartuchos de caza (partida 93.06).
  5. e) Los juegos, juguetes y artefactos deportivos y sus partes, en particular los flotadores para la pesca con caña (Capítulo 95).

Posición Arancelaria

12327496875?profile=RESIZE_710xInformación Arancelaria

12327497075?profile=RESIZE_710xProhibiciones y Restricciones12327497476?profile=RESIZE_710x

Conclusión

Aplicando las reglas interpretativas a un salvamanteles de corcho natural con asas de cuerda, se clasificaría utilizando la RGI 1 en primer lugar, identificando las posibles partidas relevantes. Luego, se aplicaría la RGI 3 para determinar la partida más específica y la RGI 6 para identificar el componente que le confiere su carácter esencial.

En este caso, el corcho natural y las asas de cuerda son componentes clave del producto. Se debería analizar qué es lo que le confiere al producto su carácter esencial. Es importante analizar detenidamente las características y función de los componentes para determinar la clasificación correcta del salvamanteles.

Recomendación

Consultar la legislación y normas pertinentes: Es importante familiarizarse con la legislación arancelaria y la nomenclatura específica aplicable a las manufacturas de corcho. Esto ayudará a comprender los criterios de clasificación y evitar posibles errores.

Referencias 

Importaciones Ecuador. (s.f.). Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías VII Enmienda. Obtenido de https://www.importacionesecuador.com.ec/notas-explicativas-del-sistema- armonizado/sección-x/capitulo-45/partida-4503

República del Ecuador Comité de Comercio Exterior. (2023). Nomenclatura de designación y codificación de Mercancías del Ecuador. Obtenido de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2023/03/RESOLUCI%CC%81n-002- 2023.pdf

SENAE. (s.f.). Obtenido de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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