Una de los primeros pasos para tener acceso a la Ventanilla Única del ECUAPASS es registrarse como usuario, para esto el sistema ha creado diversas “Solicitudes de Uso”, que permiten identificar y categorizar al Usuario del portal y por ende tendrá acceso a las opciones necesarias, de acuerdo al entorno bajo el cual realice sus operaciones de comercio exterior.

Si bien es cierto dentro de una organización existe una jerarquía, el Representante Legal de la misma es quien debe registrarse como OCE, pero también existen personas que son las encargadas directas de las Operaciones de Comercio Exterior, a estas personas el portal las categoriza como “Empleados”. Ellos deben obtener el certificado de firma electrónica (Tocken) y registrarse mediante la “solicitud de uso empleado”, para poder tener acceso al portal EUCAPASS, la VUE y elaborar los e-docs.

SOLICITUD DE USO EMPLEADO: Permite a un empleado de una persona natural con RUC y de una persona jurídica, tener acceso al portal ECUAPASS, para realizar trámites pertinentes a operaciones de comercio exterior siempre y cuando sean en nombre del representante (Empleador).

Como parte inicial de la Solicitud de uso Empleado, se encuentra la sección de Información de la Empresa, dentro de la cual están campos con el RUC de la empresa a la que pertenece el Empleado, con el fin de establecer un vínculo de dependencia ante la Aduana. A continuación está la sección de Información del empleado, en donde además de los datos personales del mismo se encuentra un campo denominado Posición; siendo este un menú desplegable con dos opciones:

  • Empleado o
  • Auxiliar

Es importante aclarar que los Agentes de Aduana son personas naturales con RUC, por lo que su registro será en a través de la “Solicitud de Uso Representante”, pero también aparece otra figura que son los Auxiliares de los Agentes de Aduana. Estos dentro del ECUAPASS deben registrarse a través de la “Solicitud de Uso Empleado”, pero cambiando el campo Posición a la opción “Auxiliar”.

En el caso de esta solicitud la aprobación no es inmediata por el sistema, la solicitud debe pasar por el representante o (Empleador) quien será el que autorice la misma. Al representante dentro de la sección de Avisos de la ventanilla única, le aparece la solicitud enviada por su Empleado o Auxiliar, para la aprobación de la misma este tiene dos opciones:

  • Habilitar el acceso a determinadas opciones dentro de la ventanilla única o
  • Restringir totalmente las opciones de la misma: Esto no quiere decir que rechaza la solicitud, por el contrario la solicitud se acepta pero quedan restringidos los campos especialmente para la elaboración de e-docs.

FUENTE: https://www.youtube.com/watch?v=ofUqT86w-8k

   https://www.youtube.com/watch?v=tYAIf5cqbVg&feature=endscreen&NR=1

 

CONCLUSIÓN: La ventaja indiscutible que otorga el portal al categorizar a los Usuarios es delimitar el acceso a información específica;  ya que como se explicó, para la aprobación de una la solicitud enviada por un empleado, primero debe ser el representante (de la persona jurídica o natural a la que dice pertenecer el empleado) quien autorice la aprobación de la misma, concluyendo así el proceso de registro del Empleado o Auxiliar.

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