Un vestido largo de algodón es tu mejor opción para una salida, aprendamos como clasificarlo…

INTRODUCCIÓN

El vestido perfecto para cualquier ocasión: hecho con 100% algodón puro, este vestido ofrece una comodidad y frescura inigualable. Su tejido transpirable mantiene a quien lo porta frescura en los días calurosos y brinda abrigo en las noches más frescas.

Composición del material

Algodón 100%

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS Y CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

 

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

-Así que, siguiendo la RGI 1, la correcta clasificación del producto sería la siguiente:

Sección XI: Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 61: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto

Partida 61.04: Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas.

Para determinar la subpartida se debe tomar en cuenta la RGI 6, en la cual se menciona lo siguiente

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.”

- Vestidos

Subpartida 6104.42.00.00 – – De algodón.

 

Notas Explicativas:

61.04 TRAJES SASTRE, CONJUNTOS, CHAQUETAS (SACOS), VESTIDOS, FALDAS, FALDAS PANTALON, PANTALONES LARGOS, PANTALONES CON PETO, PANTALONES CORTOS O “SHORTS” (EXCEPTO DE BAÑO), DE PUNTO, PARA MUJERES O NIÑAS.

– Vestidos:

 6104.41 – – De lana o pelo fino.

 6104.42 – – De algodón.

 6104.43 – – De fibras sintéticas.

 6104.44 – – De fibras artificiales.

 6104.49 – – De las demás materias textiles.

Sin embargo, en esta partida se entiende por conjunto para mujeres o niñas un grupo de prendas de vestir (excepto los artículos de las partidas 61.07, 61.08 o 61.09), que comprende varias piezas confeccionadas con una misma tela, acondicionado para la venta al por menor y formado por:

- una sola prenda de vestir que cubra la parte superior del cuerpo, con excepción del “pullover” que puede constituir una segunda pieza exterior solamente en el caso de los “twinset” y un chaleco que puede constituir una segunda pieza en los demás casos;

- una o dos prendas diferentes que cubran la parte inferior del cuerpo y que consistan en un pantalón, un pantalón con peto, un pantalón corto o “short” (excepto los de baño), una falda o una falda-pantalón, incluso con tirantes o peto.

 

Pág. 699 ,  Notas Explicativas del Sistema Armonizado.

 

Tributos aduaneros

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Restricciones y Prohibiciones

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CONCLUSIÓN

Los vestidos de algodón son una excelente ya que ofrece una comodidad y frescura inigualable. Gracias a su composición de 100% algodón, en donde generalmente su tejido es transpirable y son muy versátiles para combinar con diferentes prendas, se clasifica adecuadamente en la partida arancelaria 61.04, para el caso específico de Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas.; la subpartida aplicable es la 6104.42.00.00, que especifica "– – De algodón”.

 

RECOMENDACIONES

1.Examinar todas las propiedades del producto, verificando la composición exacta para poder realizar una correcta clasificación.

2.Dado que existen prohibiciones específicas, como la importación desde la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), es crucial revisar y cumplir con las prohibiciones establecidas por las autoridades.

 

REFERENCIAS

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCION-COMEX-020-2017: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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