Introducción
Los importadores a consumo de hierro y acero deberán someter a vigilancia previa al embarque de dichos productos que ingresan por las subpartidas arancelarias Excluir de la obtención del documento de vigilancia a un contingente de 12.700 toneladas métricas de importación exclusivamente de alambren de características “especial”
Desarrollo
Clasificado en las subpartidas arancelarias 7213.20.00, 7213.91.10, 7213.91.90, 7213.99.00, 7227.10.00, 7227.20.00 y 7227.90.00. Los contingentes serán asignados según el orden de presentación de solicitudes al Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca. En el caso de sobrepasar el monto establecido del 9 de abril de 2019, por un período de 12 meses, como parte de la declaración aduanera.
Disponer al importador nacional que el documento de vigilancia sea exigible como documento de acompañamiento a la Declaración Aduanera de Importación para todas las mercancías embarcadas, a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución y sea validado gratuitamente, previo al embarque por la Autoridad Investigadora, por cualquier cantidad solicitada, en un plazo de seis (6) días hábiles tras la recepción de la solicitud en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).
Dirigido a: Persona Jurídica – Privada.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
Documento de vigilancia debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente. Información que consta en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).
Documentos de soporte que deberá presentar el importador en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE):
Registro de contribuyentes o documento similar del exportador o productor extranjero.
El importador deberá presentar pruebas comerciales de su intención de importar, para lo cual adjuntará el contrato de compra – venta y, presentar la factura proforma.
Ficha técnica del producto a importarse (descargar formato en página Web)
¿Cómo hago el trámite?
El usuario debe ingresar la información en el documento que consta en la VUE cumpliendo lo señalado en la Resolución.
Recibir la aprobación del documento en la VUE conforme al plazo estipulado
Conclusiones
Los beneficiarios del trámite serán aquellos importadores nacionales que necesitan el documento de vigilancia como un documento de acompañamiento a la Declaración Aduanera de Importación para aquellas mercancías que necesiten embarcar relacionadas con el hierro y el acero.
La implementación que realizo el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) es de gran apoyo para los importadores mediante el proceso de transmisión de documento de vigilancia aceptado previo al embarque a las importaciones a consumo de hierro y acero ya que el trámite no presenta ningún costo.
Recomendaciones
Es imprescindible que cada usuario llene correctamente cada uno de los campos solicitados en el caso de los documentos, como a su vez, es necesario adjuntar si fuese el caso los documentos solicitados para presentar en la vue.
Bibliografía
GOB.EC. (14 de 10 de 2019). Emisión de documento de vigilancia aprobado previo al embarque a las importaciones a consumo de hierro y acero. Obtenido de Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca: https://www.gob.ec/mpceip/tramites/emision-documento-vigilancia-aprobado-previo-al-embarque-importaciones-consumo-hierro-acero
Pudelco Legislacion Economica. (3 de 5 de 2019). Vigilancia previa a las importaciones de hierro y acero. Obtenido de http://www.pudeleco.com/mmx19027.html
Autor:
Kevin Javier Llumiquinga.
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