INTRODUCCION:
Documento en el cual se especifica que la mercancía a exportarse cumple con la normativa de origen establecida en los Acuerdos Comerciales suscritos por Ecuador y en aquellos que unilateralmente conceden preferencias arancelarias al Ecuador.
DESARROLLO:
RESUMEN:
La DJO tendrá un tiempo de validez de dos años o el plazo que señale el Acuerdo Comercial o régimen preferencial correspondiente En caso de cualquier cambio o variación en cuanto a procesos productivos, porcentajes de insumos y materias prima etc., se deberá actualizar cada trimestre la DJO. (tomando en cuenta una tolerancia de hasta un máximo de 10 %).
La DJO Simplificada deberá ser impresa , suscrita por la persona natural o representante legal y
presentada en las oficinas del MIPRO a nivel nacional.
CONCLUSIONES:
La DJO deberá ser presentada por cada subpartida arancelaria y producto y será requisito previo para emisión de Certificados de Origen.
RECOMENDACIONES:
Si va a crear por primera vez un Certificado de Origen, debe elaborar necesariamente en forma
previa la Declaración Juramentada de Origen.
FUENTE:
ProEcuador
http://www.proecuador.gob.ec/wp-content/uploads/2014/11/GuiaExportador.pdf
AUTOR:
Dayanara Hernández
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