INTRODUCCION:

Documento en el cual se especifica que la mercancía a exportarse cumple con la normativa de origen establecida en los Acuerdos Comerciales suscritos por Ecuador y en aquellos que unilateralmente conceden preferencias arancelarias al Ecuador.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

La DJO tendrá un tiempo de validez de dos años o el plazo que señale el Acuerdo Comercial o régimen preferencial correspondiente En caso de cualquier cambio o variación en cuanto a procesos productivos, porcentajes de insumos y materias prima etc., se deberá actualizar cada trimestre la DJO. (tomando en cuenta una tolerancia de hasta un máximo de 10 %).

La DJO Simplificada deberá ser impresa , suscrita por la persona natural o representante legal y
presentada en las oficinas del MIPRO a nivel nacional.

CONCLUSIONES:

La DJO deberá ser presentada por cada subpartida arancelaria y producto y será requisito previo para emisión de Certificados de Origen.

RECOMENDACIONES:

Si va a crear por primera vez un Certificado de Origen, debe elaborar necesariamente en forma

previa la Declaración Juramentada de Origen.

FUENTE:

ProEcuador

http://www.proecuador.gob.ec/wp-content/uploads/2014/11/GuiaExportador.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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