DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
La gammacámara es un dispositivo médico que utiliza radiotrazadores para captar emisiones gamma del cuerpo, generando imágenes detalladas de huesos y tejidos. Ayuda en diagnósticos precisos de enfermedades óseas y otras condiciones.
Detalles de Gammacámaras:
- La gammagrafía ósea es una técnica de diagnóstico médico que utiliza pequeñas cantidades de materiales radioactivos (llamados radiotrazadores) para obtener imágenes de los huesos y la actividad ósea.
- La gammacámara detecta la radiación emitida por el radiotrazador y crea imágenes que ayudan a los médicos a evaluar la salud y la estructura de los huesos, así como a identificar posibles problemas como fracturas, infecciones óseas o tumores.
CLASIFICACIÓN DE “Gammacámaras”
Reglas Generales Interpretativas Utilizadas
Siendo así que según la Regla General Interpretativa 1: De acuerdo con la RGI 1 establece que: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.”
Se hace uso de la primera regla general interpretativa con el objetivo de encontrar la sección y el capítulo en el cual podría clasificarse el producto.
La sección y capítulo para considerar sería:
Sección: XVIII Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
Capítulo: 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos
Partida a considerar:
Partida 90.18 Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.
Haciendo uso de la Regla General Interpretativa 6: estableciendo que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Por lo tanto, la subpartida para analizar sería:
- Aparatos de electrodiagnóstico (incluidos los aparatos de exploración funcional o de vigilancia de parámetros fisiológicos):
9018.14.00.00 - - Aparatos de centellografía
Tomando en cuenta que las notas explicativas de esta partida mencionan lo siguiente:
Y según las notas explicativas de la partida 90.18:
“INSTRUMENTOS Y APARATOS DE MEDICINA O CIRUGIA HUMANAS
Hay que mencionar entre ellos:
APARATOS DE CENTELLOGRAFIA Estos aparatos escanean partes del cuerpo y crean imágenes de un órgano o un registro de características de su funcionamiento. Incluyen los aparatos que llevan un contador de centelleos cuyos datos se transforman en señales analógicas para realizar diagnósticos médicos (por ejemplo: cámara de rayos gamma, escáner de centelleos).
Se concluye la subpartida 9018.14.00.00 - - Aparatos de centellografía
Entonces las “Gammacámaras” se clasifica dentro de:
Sección XVII | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. |
Capítulo 90 | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos
|
Partida 90.18
| Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centello grafía y demás aparatos electro médicos, así como los aparatos para pruebas visuales.
|
Subpartida 9018.14.00.00 | - - Aparatos de centellografía |
Información arancelaria
TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA
Arancel Ad-valorem | 0% |
Arancel Específico | 0% |
FODINFA
| 0.5% |
IVA | 12% |
ICE | 0% |
Restricciones y prohibiciones
Código país de origen | Código de Régimen | Tipo de restricción | Código de Requisito |
REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DECOREA DEL NORTE | TRANSFRONTERIZO (SUCUMBIOS) | PROHIBICIÓN | NINGUNO |
REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DECOREA DEL NORTE | IMPORTACION DE TRAFICO POSTAL
| PROHIBICIÓN | NINGUNO |
REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DECOREA DEL NORTE | TRANSFRONTERIZO (TULCAN)
| PROHIBICIÓN | NINGUNO |
CONCLUSIÓN
En conclusión, la partida arancelaria 9018.14.00.00 engloba los aparatos de centellografía, brindando claridad en su clasificación. Este conocimiento facilita el comercio internacional y destaca la importancia de estos dispositivos en el diagnóstico médico avanzado.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda a los profesionales del comercio y la salud entender las implicaciones de la partida arancelaria 9018.14.00.00 para facilitar la importación/exportación de aparatos de centellografía y garantizar una atención médica eficiente.
FUENTES:
Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Obtenido de Notas explicativas: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
República del Ecuador, Comité de Comercio Exterio. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. Obtenido de Nomeclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE . (s.f.). Consulta del Arancel. Obtenido de SENAE : https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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