Desarrollo

Toda mercancía a importar requiere de un procedimiento para desaduanizar la misma, sin embargo, ciertos productos por su categoría y composición requieren de cierto mantenimiento por lo cual es importante desaduanizar tan pronto como llega la mercancía a zonas primarias y según el art. 94 del Reglamento del Copci se entiende por desaduanamiento directo “la operación por la cual, a petición del cosignatario o agente de aduana, el sistema informático de la Senae permitirá el desaduanamiento directo de ciertas mercancías”.

Esta operación es realizada bajo control aduanero y en coordinación con el importador, agente de aduana, depósitos temporales y zonas de distribución, en la zona primaria aduanera a la que arriban las mercancías. La solicitud de desaduanamiento directo puede ser enviada previo o posterior al registro de informe de llegada.

Mercancías aptas para el desaduanamiento directo

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Se debe recalcar que para que esta solicitud sea aprobada automáticamente por el Ecuapass, el importador debe contar con una garantía específica aprobada para dicho fin, no aplica si el solicitante es las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, así como las empresas públicas.

El procedimiento para realizar esta solicitud en el siguiente flujograma:

 

Flujograma Desaduanamiento directo de mercancías

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Conclusiones

El desaduanamiento directo es una opción favorable cuando la mercancía requiere de ciertos tratamientos y mantenimientos especiales permitiendo que no se descomponga y no se exista perdidas de la mercancía, la misma debe, no ser de prohibida importación y debe cumplir con lo establecido en la DAI.

 

Recomendaciones

El importador que se someta a esta solicitud debe cumplir con lo requerido por la Senae y contar con la garantía específica que se le solicita para proceder a desaduanizar directamente la mercancía, también se recomienda utilización las modalidades de despacho y pago para que los operadores de comercio exterior accedan a los beneficios que ambas figuras les ofrecen y optimicen el tiempo para la salida de mercancías.

Bibliografía

SENAE-GOE-2-3-010-V1 (2013). https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-GOE-2-3-010-V1.pdf

Reglamento del Copci. https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2019/05/REGLAMENTO-LIBRO-V-COPCI-REFORMA-10-05-2019.pdf

 

Autor: Angélica Dávila

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