Renovador de gamuza y nobuk Silver

3405.10.00.00

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Descripción del producto:

Es un tinte de ante líquido negro viene con una parte superior aplicadora de esponja para una fácil y uniforme capaz de teñir tu gamuza y nobuk. Esto es permanente y no se frota, además restaura colores y acondiciona rápida y fácilmente gamuza y nobuck. También da una agradable sensación aterciopelada y aspecto a tu gamuza y nobuck.

Características del producto: 

  • Tipo de producto: unidad
  • Categoría: Limpieza de gamuza y nobuk
  • Género: Unisex
  • Contenido neto: 70 gr
  • Forma del artículo: Líquido
  • Color: Negro
  • Material compatible: Leather
  • Análisis Arancelario:

Análisis Arancelario:

La clasificación arancelaria de la mercancía descrita en el numeral 2 del presente informe, se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA):

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes. 

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Texto de la partida 34.05

34.05

Betunes y cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plástico o caucho celulares, impregnados, recubiertos o revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida 34.04

Notas legales del capítulo 34

  • Este Capítulo no comprende: 
  • las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales, de los tipos utilizados como preparaciones de desmoldeo (partida 15.17);
  • los compuestos aislados de constitución química definida; 
  • los champúes, dentífricos, cremas y espumas de afeitar y las preparaciones para el baño, que contengan jabón u otros agentes de superficie orgánicos (partidas 33.05, 33.06 ó 33.07).

En la partida 34.01, el término jabón sólo se aplica al soluble en agua. El jabón y demás productos de esta partida pueden llevar añadidas otras sustancias (por ejemplo: desinfectantes, polvos abrasivos, cargas, productos medicamentosos). Sin embargo, los que contengan abrasivos sólo se clasifican en esta partida si se presentan en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas. Si se presentan en otras formas, se clasifican en la partida 34.05 como pastas y polvos de fregar y preparaciones similares.

Notas explicativas de la partida 34.05

Esta partida comprende el betún y las cremas para el calzado, los encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metales (plata, cobre, etc.), así como las mezclas en pasta o en polvo para fregar (los utensilios de cocina, fregaderos, baldosas, cocinas, etc.) y las preparaciones similares. La partida comprende también las preparaciones similares que tengan propiedades protectoras. 

Según los casos, estas preparaciones son a base de ceras, de abrasivos o de otras materias. Se pueden citar entre estas preparaciones: 

1) El betún y los encáusticos que consisten en ceras impregnadas con esencia de trementina, o emulsionadas en medios acuosos y frecuentemente con colorantes añadidos. 

2) Los abrillantadores (lustres) para metales y los abrillantadores para vidrio constituidos por materias abrasivas muy blandas, tales como la creta o el Kieselguhr, en una emulsión de white spirit y de jabón líquido. 

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- Betunes, cremas y preparaciones similares para el calzado o para cueros y pieles

Restricciones y prohibición

  • Prohibida importación de Corea del Norte

Consulta de tributos fijos de mercancías

  • ARANCEL AD VALOREM: 20%
  • ICE ADVALOREM: 0%
  • INCREMENTO ICE: 0%
  • IVA: 12%
  • Fodinfa: 0.5%

Conclusión

En virtud del análisis merceológico y arancelario aplicado a la información técnica emitida por el fabricante “Silver”; se concluye que, en aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) 1 y 6 para la mercancía denominada comercialmente con el nombre de “Renovador de gamuza y nobuk” es un tinte de ante líquido negro viene con una parte superior aplicadora de esponja para una fácil y uniforme capaz de teñir tu gamuza y nobuk.; por lo tanto se clasifica dentro del Arancel del Ecuador en:

Sección VI

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS

Capítulo 34

Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable

Partida Arancelaria 34.05

Betunes y cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plástico o caucho celulares, impregnados, recubiertos o revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida 34.04

3405.10.00.00

- Betunes, cremas y preparaciones similares para el calzado o para cueros y pieles

Recomendaciones

El renovador de gamuza y nobuk es ideal para restaurar la ropa o calzado desgastado que tengamos en casa, pero tiene ciertos cuidados como es no dejarlo al alcance de los niños ni animales domésticos, no utilizar cerca del fuego y en caso de ingestión accidental no provoque el vómito, acuda de inmediato al médico, por ende para realizar su importación debemos tener en cuenta sus restricciones y valores a pagar como tributos aduaneros para así poder realizar una correcta operaciones aduanera.

Fuente

 

 

 

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