Descripción del producto

Los pulpos son moluscos cefalópodos de la especie Octopus vulgaris, pertenecientes a la clase Cephalopoda. Se caracterizan por tener el cuerpo blando y ocho tentáculos con ventosas que rodean la boca y les sirven para desplazarse y sujetar alimentos.

Anatómicamente, poseen tres corazones, branquias, un pico córneo y saco de tinta que utilizan como mecanismo de defensa. Carecen de concha interna. Habitan en mares templados y tropicales, alimentándose de crustáceos y peces pequeños.

Para consumo humano se capturan ejemplares adultos de 2 a 5 kg de peso. Tras su captura y sacrificio, se conservan refrigerados o congelados enteros o troceados, con o sin vísceras. Presentan una carne blanca, firme y de textura algo gelatinosa.

Son muy apreciados en gastronomía por su versatilidad, suavidad y sabor delicado. Se preparan en diferentes platos, desde crudos en ceviches hasta guisos y arroces. Tanto la carne como los tentáculos son consumibles. Deben manipularse con cuidado por su deterioro rápido.

Se comercializan frescos, refrigerados o congelados. Deben mantenerse entre 0-2°C si son frescos y a -18°C si congelados. Su distribución requiere una cadena de frío adecuada para conservar calidad.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores ,bien entendido subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

De acuerdo con estas dos reglas se establece que el bombón de chocolate con relleno de licor se clasifica en:

SECCIÓN IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS

Capítulo 16: Preparaciones de carne, pescado de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos

16.05.55.00.00: Pulpos

Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 16.04 sobre los diferentes estados en que se presentan los productos de esta última partida se aplican, mutatis mutandis, a los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos de esta partida, salvo, sin embargo, los crustáceos cocidos en agua o vapor que, mientras no estén pelados, se clasifican en la partida 03.06, aunque se les hayan añadido pequeñas cantidades de productos químicos para su conservación provisional.

Entre los crustáceos y moluscos que con mayor frecuencia se preparan o conservan, se pueden citar: cangrejos, camarones y langostinos, bogavantes, langostas, cangrejos o camarones de río (ástacos, por ejemplo), mejillones, pulpos, calamares y caracoles. Entre los demás invertebrados acuáticos preparados o conservados que se clasifican en esta partida, los principales son los erizos de mar, los cohombros de mar y las medusas.

Tributos fijos para la mercancía

PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO SAFP

0 %

IVA

12%

AEC

0%

INCREMENTO ICE

0%

ICE ADVALOREM

0%

FONDINFA

0.5%

ANTIDUMPING

0%

SALVAGUARDIA

0%

ARANCEL ADVALOREM

30%

 

Restricciones y prohibiciones:

Código de régimen

Tipo de restricción

Código de institución

País de destino

IMPORTACION A CONSUMO

PROHIBICION

COMITE DE COMERCIO EXTERIOR        

REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DE COREA

 

Conclusiones:

 

De acuerdo a la descripción del producto y aplicando la Regla General Interpretativa 1 y 6, los pulpos se clasifican en la partida arancelaria 1605.55.00.00 correspondiente a "Pulpos" del Capítulo 16 de preparaciones de pescado, crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos.

Esta clasificación se sustenta en que los pulpos son moluscos cefalópodos procesados y preparados para consumo humano, mediante refrigeración o congelación con o sin vísceras. Por tanto, cumplen con lo establecido en dicha partida arancelaria específica para pulpos.

En Ecuador, los pulpos en la partida 1605.55.00.00 están sujetos a un arancel ad-valorem del 30%, IVA del 12% y FONDINFA del 0.5%. Además, su importación está prohibida desde Corea del Norte y Corea del Sur.

Es necesario cumplir con requisitos fitosanitarios, de etiquetado, empaque y transporte en frío para la internación de pulpos. Así como mantener registros actualizados de sus características y composición para respaldar la clasificación arancelaria.

Recomendaciones:

  • Mantener fichas técnicas actualizadas del producto especificando peso, estado de procesamiento, empaque y composición. Esto sustentará su clasificación en la partida 1605.55.00.00.
  • Contar con certificados de origen y sanitarios emitidos por la autoridad competente del país exportador, que avalen el cumplimiento de requisitos para internar pulpos al Ecuador.
  • Verificar previamente requerimientos fitosanitarios y límites máximos de contaminantes con Agro calidad para asegurar el ingreso de los pulpos importados.
  • Utilizar los servicios de un agente afianzado en aduanas para realizar el despacho con la partida arancelaria correcta y evitar demoras o decomisos.
  • Considerar el pago de aranceles, impuestos y recargos antes de la nacionalización de los pulpos importados al Ecuador.
  • No intentar importar pulpos desde Corea del Norte o Corea del Sur por la prohibición existente. Buscar proveedores en otros países.
  • Verificar periódicamente que no hayan cambiado las subpartidas o notas del capítulo 16 relacionadas a moluscos y pulpos.
  • Cumplir con las regulaciones de etiquetado, empaque y transporte en frío que apliquen para pulpos previo a su envío hacia Ecuador.
  • Mantenerse informado sobre posibles modificaciones en requisitos para internar pulpos al país.

Referencias Bibliográficas:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Ayala, Rodrigo. “¿Por Qué El Pulpo Es Una de Las Especies Más Enigmáticas de Los Mares?” National Geographic en Español, Octubre 4, 2021. https://www.ngenespanol.com/animales/pulpo-caracteristicas-como-se-alimenta-cuantos-cerebros-tiene/.

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