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Descripción del Producto

Es un tejido ignífugo ligero con buena maleabilidad, se adapta muy bien a geometrías complejas, y es muy utilizado para proteger o tapar objetos frente al fuego o contacto directo de llamas. Se utiliza para separar espacios actuando como cortina ignífuga básica o cobertor ignífugo. Otro de sus principales usos es como base de laminados técnicos o tejidos aluminizados.

Tejido de malla cerrada: Esto implica que el tejido está formado por hilos que se entrelazan de manera cerrada, lo que significa que no hay grandes aberturas entre los hilos.

Recubiertos o estratificados: Este término indica que el tejido ha sido tratado con una capa adicional en la superficie. El recubrimiento o estratificación puede ser aplicado para proporcionar propiedades adicionales al tejido, como impermeabilidad, resistencia a la abrasión, propiedades ignífugas, etc.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

El uso de las reglas nos permitirá una clasificación arancelaria adecuada y acertada para el producto presentado:

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

  • Según la RGI 1 se clasificará a los tejidos de malla cerrada en:

Sección XIII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANÁLOGAS; PRODUCTOS CERÁMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 70: Vidrio y sus manufacturas

Partida 70.19: Fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio) y manufacturas de esta materia (por ejemplo: hilados, «rovings», tejidos).

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Como nos dice la regla, se revisan las Notas de Sección y de Capítulo:

Las fibras de vidrio se caracterizan por las propiedades siguientes: poca flexibilidad en relación con las fibras vegetales o animales (los hilados de vidrio se anudan difícilmente); la elasticidad es casi nula; la tenacidad o resistencia a la rotura es muy fuerte.

Las fibras de vidrio y las manufacturas de estas materias de esta partida pueden presentarse en las formas siguientes:

                 D) Tejidos, incluidas las cintas.

Las fibras de vidrio tienen numerosas aplicaciones, por ejemplo:

2) Para el aislamiento térmico: calorifugado de tejados, chimeneas, calderas, hornos, distribuidores de vapor, cuerpos de turbinas de vapor, tuberías o accesorios de tubería, etc; aislamiento de armarios frigoríficos, camiones o vagones isotérmicos, etc., principalmente en forma de fieltros, burletes, fundas, tubos o trenzas (incluso impregnados de adhesivos, brea u otros productos, dispuestos o no en un soporte de papel o tejido).

  • Entonces de acuerdo a la RGI 6 y las Notas Explicativas la subpartida adecuada para los tejidos de malla cerrada será:

7019.64.00.10 - - - De anchura inferior o igual a 30 cm

Considerar que el estar recubierto le da sus propiedades ignífugas, si no estuviera recubierto su clasificación arancelaria sería otra.

Tributos fijos para la mercancía

FODINFA

0,5

AD VALOREM

10

IVA

12

Restricciones y prohibiciones

Los tejidos de malla cerrada no cuentan con restricciones ni prohibiciones de ningún tipo.

Conclusiones

  • De acuerdo a las Reglas Generales Interpretativas y a las Notas Explicativas se puede concluir exitosamente que los tejidos de malla cerrada se clasifican en la sección XIII MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANÁLOGAS; PRODUCTOS CERÁMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS; Capítulo 70: Vidrio y sus manufacturas; subpartida: 7019.64.00.10 - - - De anchura inferior o igual a 30 cm.

Recomendaciones:

  • Usar todos los instrumentos legales y de apoyo para hacerlo de forma correcta pues ahora existen los medios digitales para el acceso a la información y contar con la certeza de conocer el producto en su totalidad.
  • Leer constantemente el Sistema Armonizado, memorizar las reglas generales y revisa las notas explicativas para una óptima clasificación arancelaria.
  • Prestar atención al uso del artículo y el destino final del mismo. Y en este caso, conocer bien el recubrimiento del tejido a clasificar.

Fuentes:

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