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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

  • Sección

SECCIÓN XI MATERIA TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS.

  • Capítulo

Se toma en consideración el Capítulo 58; Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

  • Partida

Se toma en consideración la Partida 58.05; Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de «petit point», de punto de cruz), incluso confeccionadas.

  • Subpartida

Se toma en consideración la Subpartida 5805.00.00.00; Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de «petit point», de punto de cruz), incluso confeccionadas.

REGLA GENERAL DE INTEPRETATIVA

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración la Regla General Interpretativa del Sistema Armonizado “1 y 6”

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTA EXPLICATIVA

N.E. Pág 673 –Literal B, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado

  1. - TAPICERIA DE AGUJA

La tapicería de aguja (denominada también tapicería de puntos) se caracteriza por exigir para la fabricación un tejido de fondo (generalmente un cañamazo de mallas cuadradas) sobre el que se borda el motivo deseado con una aguja y con numerosos hilados de diversos colores.

La tapicería de aguja se clasifica en esta partida aun cuando haya sido sobrebordada.

A diferencia de la mayor parte de los bordados de la partida 58.10, el tejido de fondo (generalmente cañamazo) se recubre completamente, salvo en los bordes, con hilos del dibujo. Los puntos que se utilizan en la tapicería llevan denominaciones diferentes, según la manera en que han sido realizados: punto pequeño o menudo, punto grueso, de cruz, de caballero, doble punto de cruz, punto de Gobelinos, etc.

La tapicería tejida a mano y la de aguja considerada anteriormente, se utiliza principalmente en la decoración de habitaciones o para recubrir paredes o mobiliario y se fabrica casi siempre con seda, lana, fibras sintéticas o artificiales o incluso con hilos metálicos.

TRIBUTOS FIJOS DE MERCANCÍAS

  • IVA: 12%
  • ADVALOREM: 30%
  • FODINFA: 0.5%

INFORMACIÓN PARANCELARIA

  • Prohibición República de Corea del Norte

Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Medidas dirigidas a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Memorando Nro. MREMH-ONUNY-2017-1733-M, Oficio Nro. MREMH-DSNU-2018-0052-O, Memorando Nro. SENAE-DRAI-2018-0006-M, Oficio Nro. MCEI-CCOMEX-2018-0036-O

CONCLUSIÓN

 Dado el análisis técnico se puede concluir que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la interpretación de la nomenclatura arancelaria, a la mercancía comercialmente denominada “Paisaje tejido a mano”, se debe clasificar en la partida 58.05; Tapicería tejida a mano y la subpartida 5805.00.00.00 – Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de «petit point», de punto de cruz), incluso confeccionadas.

REFERENCIAS 

Ministerio de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Comité de Comercio Exterior. https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/ARANCEL_FINAL_1_DE_ENERO_R93.pdf

Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

SENAE. (2023). Subpartida 5805.00.00.00. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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