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Descripción

Carretes de madera hecho de bambú, de alta durabilidad, no se rompen ni deforman fácilmente, soportan la aplicación manual y a máquina, se pueden utilizar durante mucho tiempo. La superficie es lisa y bien pulida, no daña el alambre, fácil y cómodo de usar.

Es ideal para rodear cuerdas finas y cortas, cables, cadenas de decoración, cordel, bobina, cordón, ahorra espacio en el hogar u oficina.

Dentro de esta clasificación se empezará con determinar a qué sección y capítulo pertenece, para ello es importante hacer uso de la Regla General Interpretativa 1, sin embargo, para hacer uso de esta herramienta se debe conocer el material constitutivo de la mercancía. Los carretes/ bobinas de costura están elaborados a base de bambú, de acuerdo con RG1, tenemos:

  1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

De acuerdo con la RGI 1, podemos determinar que la sección a la que pertenece es la Sección IX la cual habla acerca de la madera y manufacturas elaboradas a partir de este material. Dentro de la sección mencionada se observa el capítulo 44, siendo la única sección y capítulo que abarca la madera y sus manufacturas como tal.

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería

Capítulo 44:

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera

Ahora como punto número dos, se determinará la partida y por consiguiente la subpartida. Es fundamental examinar detalladamente la descripción del producto, material constitutivo y el uso final para lo cual está diseñada la mercancía.

Estos pasos son fundamentales, ya que, a partir de esta clasificación se determinarán el porcentaje de Ad-Valorem, ICE y sus restricciones. Ante una falla o equivocación dentro de la clasificación pueden existir sanciones.

Para inicialmente determinar la partida, sabemos dos aspectos fundamentales

  1. Manufactura de bambú
  2. Se utiliza para la costura, es un utensilio para enrollar hilos textiles

Con esta información podemos determinar que su partida corresponde a la 44.21, sin embargo, es necesario usar la Regla General Interpretativa 6 que nos indica como determinar la subpartida; dentro de la RGI 6, tenemos:

  1. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario

Se mencionó previamente este producto entra en la partida 44.21 correspondiente a “Las demás manufacturas de madera”, pero es necesario revisar las Notas de Capítulo dentro del Arancel y las Notas Explicativas ya que pueden tener cierto tipo de restricciones o aclaraciones.

En este capítulo solamente encontramos el siguiente:

  • Si bien esta partida no cuenta con una nota específica, un punto que se debe aclarar es con respecto a la Nota 1b, donde menciona que el bambú y demás materias leñosas para cestería o espartería, no corresponde a este capítulo. Hay que hacer hincapié que únicamente es para aquellas mercancías que pertenecen a la clasificación de CESTERÍA O ESPARTERÍA. Las demás manufacturas de bambú si pueden entrar en este capítulo.

Las Notas Explicativas de la partida determinan lo siguiente:

44.21 LAS DEMÁS MANUFACTURAS DE MADERA

            4421.10 – Perchas para prendas de vestir.

            4421.90 – Las demás.

  • Las canillas, carretes, bobinas para la hilatura o el tejido o para hilo de coser, etc. Estos artículos, que se utilizan para enrollar hilados textiles o alambres, consisten generalmente en un alma de madera torneada de forma cónica o cilíndrica, normalmente horadada en toda la longitud y provista o no de rebordes en uno o en los dos extremos. Esta partida comprende también las bobinas con un alma central de madera torneada en la que se han fijado discos o aletas de madera o de otras materias y que se utilizan generalmente para el arropamiento de alambres aislados para electricidad

Una vez leída las Notas del Capítulos, las Notas Explicativas, tenemos lo siguiente:

Partida 44.21:

Las demás manufacturas de madera.

  • Las demás:

4421.19 - - De bambú (categoría de segundo nivel)

Subpartida de segundo nivel 4421.91.10.00:

Subpartida de tercer nivel

- - - Canillas, carretes, bobinas para la hilatura o el tejido y para hilo de coser, y artículos similares, de madera torneada

Código de Unidad Física: Número de unidades

Tributos fijos para la mercancía

AD VALOREM:               15%

IVA:                                   12%

FONDINFA:                     0,5%

Prohibiciones

Tiene restricción de tipo prohibición cuando el país de origen es La República de Corea.

Conclusiones:

Se clasificará la bobina/carrete de madera para hilatura de la siguiente manera:

Sección IX: Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería

Capítulo 44: Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera

Partida 44.21: Las demás manufacturas de madera.

  • Las demás:

4421.19 - - De bambú

Subpartida de segundo nivel 4421.91.10.00:

- - - Canillas, carretes, bobinas para la hilatura o el tejido y para hilo de coser, y artículos similares, de madera torneada

Recomendaciones:

  • Revisar la descripción de la mercancía manera que se evite caer en errores de clasificación, por ende, evitar sanciones.
  • Trabajar con las versiones actualizadas de la Nomenclatura Arancelaria, ya que se puede estar sujeto a errores al tomar una versión antigua.
  • Se recomiendo utilizar el ECUAPASS, haciendo uso de la clasificación arancelaria ubicada en la sección de Ventanilla Única. Puesto que, aquí se encuentra detallada de mejor manera los requisitos necesarios.

Referencias: 

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