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DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA MERCANCÍA

Nombre comercial de la mercancía:

Grasera Manual

Descripción:

El engrasador manual es una herramienta que se utiliza para realizar el engrase de piezas donde la grasa debe introducirse a presión, como en este caso, por medio de un alemite.

Características

  • Función: Engrasar piezas

Composición:

·       Principalmente elaborado de acero


ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes

Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1, porque está determinada legalmente por los textos de partida y las notas de sección o capítulos

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario

Se toma la clasificación por Regla General Interpretativa 6, porque su clasificación está determinada por los textos de las subpartidas y de las Notas de subpartida, de igual manera como las reglas anteriores.

NOTAS EXPLICATIVAS:

N.E: Pág 870 -Tomo II, Apartado E-Literal 7-Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado

  1. E) Las demás herramientas manuales (incluidos los diamantes de vidriero).

7) Herramientas diversas tales como: pujavantes, legrones, cizallas de herradores para los cascos; buriles, arrancarremaches, botadores; arrancaclavos (excepto los que funcionan como tenazas, que se clasifican en la partida 82.03), arrancapuntas, arrancapasadores y zinceles para desembalar; desmontables; leznas sin ojo; punzones de tapicero, de encuadernador, etc.; soldadores; hierros para marcar a fuego y punzones para marcar; raspadores de metal con la parte operante de metal; triscadores para dar traba a las sierras; cajas de ingletes sin sierra; herramientas para sondear (para comprobación, extracción de muestras, etc.); aplanadores para soladores; aparatos para limpiar las muelas; aparatos para zunchar envases, excepto los de la partida 84.22 (véase la Nota Explicativa correspondiente); pequeños aparatos de muelle llamados pistolas de grapar (para embaladores, tapiceros, escayolistas, etc.), herramientas (pistolas) para remachar, para introducir tacos, clavijas, etc., que funcionan con un cartucho detonante; cañas para vidrieros, sopletes de boca; aceiteras y jeringas para engrasar, incluso con pistón o tornillo de Arquímedes.

NOTAS LEGALES:

Sección: XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales

Capítulo: 82

Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común

Texto de partida

82.05

Herramientas de mano (incluidos los diamantes de vidriero) no expresadas ni comprendidas en otra parte; lámparas de soldar y similares; tornillos de banco, prensas de carpintero y similares, excepto los que sean accesorios o partes de máquinas herramienta; yunques; fraguas portátiles; muelas de mano o de pedal, con bastidor.

Texto de subpartida

8205.59.60.00

---Aceiteras; jeringas para engrasar

 INFORMACIÓN ARANCELARIA:

AD VALOREM

5%

IVA

12%

FODINFA

0.5%

ICE

0%

 Observación: Se paga un 0% de arancel advalorem si el producto es originario de los países pertenecientes a la CAN.

INFORMACIÓN NO ARANCELARIA:

  • No requiere de documentos de control previo

 CONCLUSIONES

Dado el análisis, se puede concluir que, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria y en apoyo con las notas explicativas, a la mercancía denominada comercialmente con el nombre de “Grasera Manual”, se debe clasificar en la subpartida 8205.59.60.00 ---Aceiteras; jeringas para engrasar.

RECOMENDACIONES

Se debe tener en cuenta que, para clasificar el producto, es necesario conocer sus características y adicional revisar todas las Notas y Reglas de la partida a clasificar, adicional, al conocer su subpartida es necesario revisar las preferencias arancelarias y las restricciones que estas posean.

REFERENCIAS

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina. (2007). Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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