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Los extractores de zumo son aparatos diseñados para extraer el jugo de frutas y verduras de forma exquisita: los vegetales son prensados a través de su mecanismo y separan la fibra del jugo, dejando siempre parte de la pulpa de los vegetales homogeneizada en el zumo.

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Incluye:
- Jarra de 1 litro con tapa
- Cepillo para limpieza
- Manual en español

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para la clasificación de este artículo se han utilizado las siguientes reglas generales de interpretación:

  • RGI 1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
  • RGI 6:La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS EXPLICATIVAS

Basados en las reglas generales interpretativas antes mencionadas, podemos desarrollar la clasificación en base a las siguientes notas de sección y capítulo, las cuales se presentan como:

  • Partida 85.09:APARATOS ELECTROMECANICOS CON MOTOR ELECTRICO INCORPORADO, DE USO DOMESTICO EXCEPTO LAS ASPIRADORAS DE LA PARTIDA 85.08.
  • 40 –Trituradoras y mezcladoras de alimentos; extractoras de jugo de frutos u hortalizas.

Para la aplicación de esta partida, se entenderá por aparatos electromecánicos únicamente los aparatos con motor eléctrico incorporado. En cuanto a los términos de uso doméstico, designan en este caso los aparatos utilizados normalmente en los hogares. Estos aparatos se identifican, según el tipo, por una o varias características, tales como dimensiones, diseño, potencia, capacidad, volumen. Tales características se tomarán en cuenta según la importancia de la función a realizar por el aparato considerado, la cual no debe sobrepasar la necesaria para satisfacer las necesidades o exigencias del ámbito doméstico. 

La partida 85.09 comprende, siempre que se trate de aparatos electromecánicos de los tipos normalmente utilizados en usos domésticos: las enceradoras (lustradoras) de pisos, trituradoras y mezcladoras de alimentos y extractoras de jugo de frutos u hortalizas, de cualquier peso;
los demás aparatos de peso inferior o igual a 20 kg, excepto los ventiladores y las campanas aspirantes para extracción o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro (partida 84.14), las secadoras centrífugas de ropa (partida 84.21), las máquinas para lavar vajilla (partida 84.22), las máquinas para lavar ropa (partida 84.50), las máquinas para
planchar (partidas 84.20 u 84.51, según se trate de calandrias u otros tipos), las máquinas de coser (partida 84.52), las tijeras eléctricas (partida 84.67) y los aparatos electrotérmicos (partida 85.16).

 

POSICIÓN ARANCELARIA

  • SECCIÓN XVIMÁQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELÉCTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, APARATOS DE GRABACIÓN
    O REPRODUCCIÓN DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISIÓN, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS 
  • CAPÍTULO 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
  • PARTIDA Y SUBPARTIDA

DERECHOS ARANCELARIOS

TRIBUTO

VALOR DEL TRIBUTO

AD VALOREM 

30%

ESPECÍFICO

0%

FODINFA

0.5%

IVA

12%

 

AUTORIZACIONES Y RESTRICCIONES 

  • Prohibida importación de Corea del Norte. 
  • Requiere Documento de Soporte: Certificado de reconocimiento INEN 196 y 203.

 

 CONCLUSIÓN

Después de haber realizado el análisis de la mercancía objeto del presente análisis y basándonos en las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de las Aduanas (OMA), para el producto denominado comercialmente con el nombre de “Licuadora”; esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida 8509.40.00.00 EXTRACTORES”.

 RECOMENDACIONES

Después de determinar el código arancelario objeto de estudio se recomienda tomar en cuenta el número de tensión o voltaje del extractor para verificar si necesita documento de soporte.

FUENTE

Comunidad Andina. (2007). Dane.gov.co. Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA): https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Resolución No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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