Nombre comercial: Máquina para afeitar
Subpartida arancelaria: 8212.10.20.00
Descripción del producto
Máquina de afeitar eléctrica, esta máquina es ideal para afeitar de manera que protege la piel de la exposición excesiva de la cuchilla eliminando la posibilidad de grandes cortes, como los que pudieran ser causados por una navaja de afeitar.
Características del producto
¿De qué está hecho? | Batería: de iones de litio |
Características |
|
Uso | Se utiliza para afeitar |
Color | negro con azul |
Presentación | unidades |
Posición arancelaria
Subpartida arancelaria | 8212.10.20.00 - - Máquinas de afeitar |
Sección | XV: Metales comunes y manufacturas de estos metales |
Capítulo | 82: Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común |
Partida | 82.12: navajas y máquinas de afeitar y sus hojas (incluidos los esbozos en fleje). |
Reglas de clasificación
R1: Determinación de la partida
Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
- Al buscar la posición arancelaria de la máquina para afeitar, se encontró una partida destinada de acuerdo a sus características y su función.
R6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
- Para la clasificación se tomó en cuenta las especificaciones de las notas de partida donde está establecido que dicha partida comprende este producto.
Notas explicativas
N.E: Pág 875-Tomo II- Literal 2 , Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado
Esta partida comprende:
2) Las maquinillas de afeitar, así como las partes de metal común y las hojas, incluso sin terminar.
Tributos
Arancel Ad Valorem | 30% |
Arancel Específico | 0 |
Fodinfa | 0,5% |
I.C.E | 0% |
IVA | 12% |
Unidad Física | Unidades |
Parte paraarancelaria
- No requiere INEN, ni ningún otro documento de control previo.
- Prohibida importación de Corea del Norte
Conclusiones
Para la clasificación arancelaria de las máquinas de afeitar es importante fijarse en el material que está hecho, la clasificación de este producto está descrito en la descripción de la subpartida por lo cual no hubo complicación en la clasificación.
Recomendaciones
Después de clasificar el producto se debe corroborar dicha clasificación con las notas explicativas, y sustentar con las reglas de clasificación arancelaria.
Referencias
Resolución No. 020-2017 [República del Ecuador Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Comunidad Andina (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
Comentarios