Te gustan las historias de superhéroes, conoce su origen importando Historietas.

Introducción:

La historieta o cómic es una forma de expresión artística y un medio de comunicación que consiste en una serie de dibujos, dotados o no de texto de acompañamiento, que leídos en secuencia componen un relato o una serie de ellos.

  • Se puede presentar en papel o en formato digital.
  • Debe tener un personaje (persona, animal u objeto), el cual tiene un ideal, una filosofía de vida que te muestra su mundo.
  • Se organiza en viñetas, es decir en recuadros en los que se desarrolla la acción.
  • Contiene nubes de pensamiento, se desprende del personaje.
  • Presenta burbujas de diálogo, en ellas se escribe todo el texto que el personaje dice.

Información:

  • Superman volumen 1 Debido a la popularidad que tuvo luego de su debut en Action Comics 1, National Allied Publications decidió lanzar a la venta una nueva revista presentando historias de solo un personaje.
  • Superman fue el primer título de DC en tener una sección de cartas de lectores de manera regular a partir del número 124 (septiembre de 1958)12​ Para Les Daniels.
  • The Adventures of Superman comenzó su numeración en el número 424 (enero de 1987) terminando en el 649 (abril de 2006), con un total de 226 números mensuales
  • Dan Jurgens y Geoff Johnses eran un escritor y un dibujante de cómics estadounidense. Es mayormente conocido por crear al superhéroe Booster Gold y por su largo trabajo en los títulos de Superman como Adventures of Superman y Superman
  • Descripción del producto

Dimensiones

 168 x 258 mm (6,625 x 10,1875 inch).

Temática

Superhéroes

Impresión

Cómic estándar

Orientación

Vertical

Forma

Tipo historieta

Diseño

Impresión cromática

Imprenta

Action Comics

Fecha de publicación

Mayo de 1938

Idioma

Inglés

Margen y encuadernado

Simple y sin refuerzo en márgenes

 

Análisis arancelario de la mercancía

La clasificación arancelaria del denominado producto con la descripción técnica especificada

en la parte superior de este documento está fundamentada en las Reglas de Interpretación de

la Nomenclatura Arancelaria siguientes:

 

Regla General Interpretativa N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

De esta manera para la determinación arancelaria de la mercancía objeto de análisis se toman

la consideración el texto de la partida Arancelaria siguiente:

49.01.

LIBROS, FOLLETOS E IMPRESOS SIMILARES, INCLUSO EN HOJAS SUELTAS.

 

Reglas Generales Interpretativas N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”

Notas explicativas de la subpartida 49.01.10.10.00

- - HORÓSCOPOS, FOTONOVELAS, TIRAS CÓMICAS O HISTORIETAS

  1. A) Los libros y folletos (libros pequeños), que consisten esencialmente en textos de cualquier tipo, impresos con cualquier clase de caracteres (incluidos los caracteres Braille o los caracteres estenográficos) y en cualquier idioma. Estos artículos comprenden las obras literarias de cualquier género, los manuales (comprendidos los cuadernos para tareas educativas, a veces llamados cuadernos de escritura), con o sin textos narrativos, que tengan cuestiones o ejercicios (generalmente con espacios destinados a completarse a mano), las publicaciones técnicas, las obras de referencias como los diccionarios, las enciclopedias, las guías (por ejemplo, las guías telefónicas incluidas las páginas amarillas), los catálogos de museos, de bibliotecas, etc. (con excepción de los catálogos comerciales), los libros litúrgicos, los salterios (que no sean obras musicales impresas de la partida 49.04), los libros para niños (con excepción de los álbumes o libros de estampas y de los cuadernos para dibujar o colorear, para niños, de la partida 49.03). Estos artículos pueden estar encuadernados en rústica o de otra forma, incluso en tomos separados o bien presentados en fascículos o en hojas separadas, que constituyan una obra completa o parte de una obra y se destinen a encuadernar en rústica o de otro modo.

 Las cubiertas, cierres y protectores similares, las señales y demás accesorios que se vendan con las obras se considera que forman parte integrante de los libros.

  1. B) Los opúsculos, folletos e impresos similares, que consistan en varias hojas de texto impreso. unidas o no e incluso las simples hojas impresas. Estos artículos comprenden las tesis científicas y las monografías, las instrucciones publicadas por entidades gubernamentales u otros organismos, las octavillas, los textos de himnos, etc. Este grupo no comprende las tarjetas impresas con felicitaciones o mensajes personales (partida 49.09), ni los formularios impresos que requieren la inserción de cierta información adicional para completarlos (partida 49.11).

Posición arancelaria de la mercancía

Según determinamos en las Reglas Generales Interpretativas y de las Notas Explicativas el

producto para clasificar debido a su estado físico lo ubicaremos en la partida 49.01, aplicando la primera y sexta Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la

Organización Mundial de Aduanas (OMA), por siguiente lo ubicaremos a:

 

SECCION X: PASTA DE MADERA O DE LAS DEMÁS MATERIAS FIBROSAS CELULÓSICAS; PAPEL O CARTÓN PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTÓN Y SUS APLICACIONES

Capítulo 49: Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos.

Partida 49.01: Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas.

Subpartida 49.01.10.10.00: - - Horóscopos, fotonovelas, tiras cómicas o historietas.

Consideraciones arancelarias y no arancelarias

Ad / Valorem

0%

IVA

12%

FODINFA

0,5%

 

  • Sin Restricciones ni prohibiciones

Conclusión y recomendación

Considerando el análisis antes realizado tanto técnico como arancelario de la mercancía

 ¨HISTORIETA¨, en aplicación de la primera y sexta de la clasificación arancelaria de la mercancía antes mencionada por su técnica de impresión, se logró la determinación de que la mercancía debe ser clasificada en la partida 4901.10.10.00.

Se recomienda tener en cuenta que para este tipo de productos especiales determinar su forma de impresión y su uso final, ante sus características básicas y las especificaciones para una clasificación más específica, ya que si no existe este análisis la clasificación no se hará correctamente.

Referencias:

ANEXO I, NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR (2017). Comité del Comercio Exterior. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina de Naciones [CAN]. (2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE MERCANCÍAS: LAS 6 REGLAS GENERALES (2019) Cabeza https://www.cabeza.com/es/reglas-generales-clasificacion-arancelaria-de-mercancias/

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE). (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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