Te enseño a clasificar los carretes para cables

En la producción de carretes de contrachapado se usa madera de pino o de abedul, las cuales según la norma internacional ISPM 15 FAO no precisan tratamiento fitosanitario. En cambio, para las bobinas de madera se trabaja con pino austriaco ya deshidratado y sometido a tratamiento térmico. Los tubos de los carretes de contrachapado y madera pueden ser de PVC, cartón o listones de madera. Las bobinas de contrachapado se montan con tubos de hierro con borde, las de madera con tirantes de hierro y arandelas de copa. Se puede suministrarlas montadas o desmontadas. Estos carretes están especialmente indicados para el enrollado de cables eléctricos, cuerdas metálicas, cadenas, fibras ópticas y cuerdas náuticas de grandes dimensiones. Actualmente también se utilizan como objetos de decoración: mesas, taburetes, soportes para exposiciones, etc.


REGLAS INTERPRETATIVAS


Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo
por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA

12149270854?profile=RESIZE_710xINFORMACIÓN ARANCELARIA

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INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

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NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende:
1) Las cajas y cajitas de tableros macizos utilizadas para el envasado y el transporte de diversas mercancías.
2) Las cajas de listones, tales como cajas, bandejas, jaulas y bateas, que se utilizan generalmente para el transporte de frutas, hortalizas o huevos y los envases de grandes dimensiones como los que se utilizan para el transporte de artículos de vidrio, alfarería, máquinas, etc.
3) Las cajas de madera en láminas o desenrollada, pero sin trenzar, de los tipos utilizados para el queso o para productos farmacéuticos o cajas de fósforos (cerillas) (incluso con frotador) y los envases troncocónicos de listones, para el transporte de mantequilla o frutas.
4) Los envases cilíndricos o en forma de tonel, que no constituyan manufacturas de tonelería; principalmente los utilizados para el transporte de colorantes o de determinados productos químicos. Estos envases (cajas, jaulas, principalmente) pueden presentarse sin tapa (envases abiertos). Pueden presentarse también sin ensamblar o parcialmente ensamblados, siempre que las distintas partes necesarias para el montaje, o la mayor parte de ellas, estén agrupadas por series o juegos aislados que permitan el ensamblado de un envase completo o de un envase incompleto que presente las características del envase completo. Cuando estas partes no se presenten en series o juegos aislados susceptibles de ensamblarse en envases que tengan el carácter esencial del envase completo, el conjunto se clasificará, según los casos, como madera aserrada, cepillada, etc.
Las cajas y envases de esta partida pueden estar clavados o ensamblados de cualquier otro modo (por ejemplo, mediante machihembrado). Pueden además llevar bisagras, asas, sistema de cierre, soportes o patas, o bien estar forrados interiormente con metal, textil, papel, etc. Las cajas y envases usados que puedan reutilizarse como tales permanecen clasificados aquí, mientras que los envases inútiles, que sólo pueden utilizarse como leña, se clasifican en la partida 44.01. Se excluyen de esta partida:

a) Los artículos de la partida 42.02. b) Los cofres, escriños, estuches y manufacturas similares de la partida 44.20.

c) Los
contenedores especialmente diseñados y equipados para uno o varios medios de transporte (partida 86.09).

II. TAMBORES PARA CABLES

Los tambores o carretes para cables son manufacturas de grandes dimensiones, de diámetro generalmente superior a un metro que se utilizan para enrollar y transportar los cables telefónicos y cables similares. Permiten desenrollar el cable y facilitar la colocación.

CONCLUSIONES
En base al análisis realizado en los apartados anteriores del presente blog según la información técnica emitida por el fabricante y, de ser necesario, muestra física que pueda ser presentadas, salvo consideraciones y aspectos legales que no constituyan competencia de la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; para la mercancía denominada comercialmente carretes para cables, color natural, dimensiones mm x 125mm x 1500mm x 100 mm, por ser un tambor de madera con densidad de 1.05 - 1.2 g/cm3, dentro del Arancel del Ecuador vigente se define su clasificación arancelaria en la subpartida 4415.10.00.00 - Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares; carretes para cables.

RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.


REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior]. Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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