Te enseñamos a clasificar una navaja de afeitar

Te enseñamos a clasificar una navaja de afeitar

Descripción de la mercancía:

 

Navaja barbera de afeitar clásica.

 

Reglas generales interpretativas:

 

Con la finalidad de determinar una partida arancelaria, se consideran las siguientes reglas interpretativas:

RGI 1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

 

RGI 2 a): Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que estén presentes las caracteristicas esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.”

 

RGI 3 c): “Cuando las reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.”

 

RGI 4: las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tenga mayor analogía.”

 

Por lo que podemos identificar a la partida 82.12 Navajas y máquinas de afeitar y sus hojas (incluidos los esbozos en fleje). como la más adecuada, debido a que en el título de su sección y capítulo se habla de productos similares.

 

Notas explicativas de la partida 82.12:

 

Esta partida comprende :

 

1) Las navajas de afeitar, incluidas las hojas, aunque estén sin terminar, así como los mangos de metal común.

 

2) Las maquinillas de afeitar, así como las partes de metal común y las hojas, incluso sin terminar.

 

3) Las maquinillas de afeitar de plástico presentadas con las hojas.

 

Se clasifican aquí igualmente las afeitadoras mecánicas accionadas a mano, que funcionan como las eléctricas, así como sus hojas, cuchillas, peines, contrapeines y cabezas.

 

Con los términos esbozos en fleje, también comprendidos aquí, se designan los flejes de acero de longitud indeterminada, perforados, incluso templados, para la fabricación de cuchillas u hojas de afeitar, así como los flejes en los que está ya trazada a intervalos regulares la forma de las hojas, que se separan con una ligera presión.

 

Se excluyen de esta partida :

 

  1. a) Las maquinillas de afeitar de plástico, presentadas sin las hojas (partida 39.24).

 

  1. b) Las máquinas de afeitar eléctricas, así como las cabezas, peines, contrapeines, hojas y cuchillas de estas mismas máquinas (partida 85.10).

Análisis arancelario:

 

Sección: XV - Metales comunes y las manufacturas de estos metales.

 

Capítulo: 82 - Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común.

 

Partida: 82.12 - Navajas y máquinas de afeitar y sus hojas (incluidos los esbozos en fleje).

 

Subpartida: 8212.10.10.00 –  - - Navajas de afeitar

 

Información arancelaria:

 

Tributos

Valor

Ad Valorem

30 %

ICE

0 %

FODINFA

0.5 %

IVA

12 %

 

Información Paraarancelaria:

 

  • Prohibición de importación a consumo desde Corea del Norte, es necesario presentar un Documento de Control Previo.

 

Conclusión:

 

En base a las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria, para el producto denominado comercialmente con el nombre de Cortadora De Pelo Manual Profesional De Acero Inoxidable, esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida arancelaria 8212.10.10.00 –  - - Navajas de afeitar.

 

Recomendaciones:

 

  • Antes de empezar a redactar la ficha técnica, es importante comprender su propósito. En el contexto aduanero, las fichas técnicas se utilizan para describir detalladamente los productos que se importan o exportan. Esto implica proporcionar información precisa y completa sobre las características técnicas, materiales, dimensiones, peso y cualquier otro dato relevante del producto.
  • Hay que tener en cuanta siempre las versiones más actualizadas del Arancel, Notas Específicas, Reglas Generales y todos los requisitos para el tratamiento de las mercancías de nuestro interés.
  • La investigación de registros es necearia para clasificar mercancías que no sean fáciles de clasificar.

 

Referencias:

 

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

 

Comunidad Andina. (2007). Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

 

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