Descripción de la mercancía:
Cubierta usada para la protección y separación de piezas dentro de un auto, las mismas son instaladas en la zona del motor y son comunes en autos más modernos y de marcas lujosas, están fabricadas de materiales plásticos fuertes y resistentes al calor, además de ser hechos a medida.
Reglas generales interpretativas:
Con la finalidad de determinar una partida arancelaria, se consideran las siguientes reglas interpretativas:
RGI 1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”
RGI 2 a): “Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que estén presentes las caracteristicas esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.”
RGI 3 c): “Cuando las reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.”
RGI 4: “las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tenga mayor analogía.”
Por lo que podemos identificar a la partida 84.09 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas nº 84.07 u 84.08 como la más adecuada, debido a que en el título de su sección y capítulo se habla de artículos y útiles de metal común, además de hacer alusión directamente al producto dentro de la partida.
Notas explicativas de la partida 84.09:
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección), están comprendidas aquí las partes de motores de las partidas 84.07 u 84.08, tales como pistones, cilindros y bloques, culatas, camisas de cilindros, válvulas, colectores de admisión y de escape, segmentos, bielas, carburadores e inyectores.
Se excluyen de esta partida:
- Las bombas de inyección (partida 84.13).
- Los cigüeñales y árboles de levas (partida 84.83); las cajas de cambio (partida 84.83).
- Los aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, incluidas las bujías de encendido o de caldeo (partida 85.11).
Análisis arancelario:
Sección: XV - Metales comunes y las manufacturas de estos metales.
Capítulo: 84 - Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos.
Partida: 84.09 - Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas nº 84.07 u 84.08.
Subpartida: 8409.99.93.00 – Equipo para la conversión del sistema de alimentación de combustible para vehículos automóviles a uso dual (diésel/gas o semi- diésel/gas)
Información arancelaria:
Tributos | Valor |
Ad Valorem | 0 % |
ICE | 0 % |
FODINFA | 0.5 % |
IVA | 12 % |
Información Paraarancelaria:
- Prohibición de importación a consumo desde Corea del Norte, es necesario presentar un Certificado de Origen.
Conclusión:
En base a las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria, para el producto denominado comercialmente con el nombre de Cubierta de Motor; esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida arancelaria 8409.99.93.00 Equipo para la conversión del sistema de alimentación de combustible para vehículos automóviles a uso dual (diésel/gas o semi- diésel/gas).
Recomendaciones:
- Antes de empezar a redactar la ficha técnica, es importante comprender su propósito. En el contexto aduanero, las fichas técnicas se utilizan para describir detalladamente los productos que se importan o exportan. Esto implica proporcionar información precisa y completa sobre las características técnicas, materiales, dimensiones, peso y cualquier otro dato relevante del producto.
- Hay que tener en cuanta siempre las versiones más actualizadas del Arancel, Notas Específicas, Reglas Generales y todos los requisitos para el tratamiento de las mercancías de nuestro interés.
- La investigación de registros es necearia para clasificar mercancías que no sean fáciles de clasificar.
Referencias:
Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
Comunidad Andina. (2007). Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
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