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Descripción del producto

Esta Muela abrasiva de afilador de sierra de cadena repara principalmente cadenas de motosierra hechas de materiales de carburo al afilar los dientes de la herramienta. La muela abrasiva de carburo de silicio verde está hecha de arena de primer grado, carburo de silicio verde y adhesivo en sinterización de alta temperatura. La muela abrasiva ha pasado la prueba de equilibrio dinámico, y la operación es estable sin sacudidas. Algunas características que tiene son su alta dureza, fragilidad, granos abrasivos afilados, buena conductividad térmica; tampoco se queman discos de corte y pieza de trabajo durante el rectificado y es resistente al desgaste.

De todas estas características técnicas específicas las de mayor interés son las del material con el que está fabricado y su función, pues su clasificación dependerá de ello.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

De acuerdo a esta regla, la muela abrasiva se clasificará en:

La Sección XIII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas

Partida 68.04: Muelas y artículos similares, sin bastidor, para moler, desfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, piedras de afilar o pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos naturales o artificiales aglomerados o de cerámica, incluso con partes de otras materias.

Se descartó las partidas precedentes, ya que todas las manufacturas estaban elaboradas por otras materias como la piedra o pizarra natural, que en este caso no guardan ninguna relación con el producto. Además, la partida 68.05 pese a que también contiene a artículos para lijar o pulir que están constituidos por materiales abrasivos, estos se presentan solo en granos o pulverizados y en el caso de este producto es una capa compacta fijada al soporte.

Ahora bien, para establecer la subpartida se hace uso de la regla general interpretativa 6 que establece lo siguiente: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Tomando en consideración lo expuesto en la regla 6, se compara primero el primer nivel en donde se encuentran:

- Muelas para moler o desfibrar

- Las demás muelas y artículos similares:

- Piedras de afilar o pulir a mano

El artículo en cuestión representa una muela, por lo cual el último guión se descarta. Ahora bien, en este caso la muela sirve específicamente para afilar y, por ende, el primer guión también se descartaría, ya que en estos solo se clasifican aquellos que sean para moler. Esto igualmente está respaldado por las notas explicativas, donde se menciona lo siguiente: “Las muelas, moletas, discos, puntas de amolado, etc., que constituyen verdaderas herramientas que se adaptan a las máquinas herramientas o a las herramientas electromecánicas o neumáticas de uso manual y que se utilizan en la industria de los metales, de la piedra, del vidrio, de la cerámica, del plástico, del caucho, del cuero, nácar, marfil, etc., principalmente para desbarbar, pulir, afilar, rectificar o incluso para trocear o cortar”. 

Para la comparación del segundo nivel tenemos los siguientes:

-- De diamante natural o sintético, aglomerado.

-- De los demás abrasivos aglomerados o de cerámica.

-- De piedras naturales.

En este caso, la muela está elaborada netamente por materiales abrasivos de carburo de silicio. Por lo tanto, el producto recaería en la subpartida 6804.22.00.00 De los demás abrasivos aglomerados o de cerámica.

Tributos fijos para la mercancía

AD VALOREM: 0%

FONDINFA: 0,5%

IVA: 12%

Restricciones y prohibiciones:

-No tiene restricciones

-Prohibiciones en la República de Corea del Norte

Conclusiones:

Según las Reglas Generales Interpretativas y las Notas Explicativas, es posible determinar que la muela abrasiva de afilador de sierra mecánica se clasifica en la Partida 68.04 : Muelas y artículos similares, sin bastidor, para moler, desfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, piedras de afilar o pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos naturales o artificiales aglomerados o de cerámica, incluso con partes de otras materias, específicamente en la subpartida 6804.212.00.00 De los demás abrasivos aglomerados o de cerámica.

Recomendaciones:

  • Se aconseja tener en cuenta la función principal del producto y analizar minuciosamente los materiales y componentes que lo conforman con el fin de clasificar correctamente
  • Para lograr una clasificación arancelaria efectiva, se debe tener presente las reglas interpretativas, las notas de capítulo y las notas explicativas.

Referencias Bibliográficas:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta                Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Amazon.(s.f) Afilador de motosierra universal. Afilado rápido de aleación dura cadenas de sierra de dientes. Abrasivo de carburo de silicio verde. Diámetro 5-3/4, 1/8 espesores, eje7/8. https://www.amazon.com/-/es/AmaCupid-Afilador-motosierra-universal-espesores/dp/B0BR5W6G4N/ref=sr_1_30?__mk_es_US=%C3%85M%C3%85%C5%BD%C3%95%C3%91&crid=37PW1FYHM1251&dib=eyJ2IjoiMSJ9.UnSbk0UqG2yHLvT6o8mzStSX5BZHWzH_0x4Cq8iewlxDPoTK1a_iV8oLAm2ayXQXjpj2Egg4Ukju1ZajGFr69x6Kv9o7khl0hWsVo-0jIaIkabKWQYwz55D79RaBZJTo7OJ4Q4JARYovzv8x32N3f1qo_rF8al-TUK8_8B99WI-4q7coNDYA0rrVGqSvsAz-iDaadtvoSOI6xZ99FDki4iJWD7N-hYx_QImrNvL07qrqPUzWlVjIyQKzLxcYh4F_ve54nyEhYLMiHf_5GFIKs96rNgY4chcwR4M2gyzqaaA.H-IADL8ujdoJh7yUtCzlPuTQRzQPJRFXWOZY0YoPAus&dib_tag=se&keywords=muela+para+aguzar&qid=1708311042&sprefix=muela+para+aguzar%2Caps%2C247&sr=8-30

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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