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Descripción del producto

Una junta de estanqueidad es el componente que se coloca en la unión de dos tubos u otras partes de un aparato o máquina, para impedir el escape del fluido que contiene. Las juntas de estanqueidad estática, más conocidas como juntas planas, son necesarias cuando el elemento de sellado no está sometido a ningún tipo de rozamiento, movimiento o fricción respecto a la otra parte del equipo. La elección de un material u otro dependerá de las condiciones de servicio como presión, temperatura y fluidos que tengan que soportar la junta. Materiales:

- Cuerpo: Fibras orgánicas y minerales, sin amianto.

- Espesor: 1,5 mm.

- Aplicaciones: Agua, aire, aceites y grasas, disolventes, etc.

Condiciones de trabajo:

- Presión máx.: 35 kg / cm2.

- Temperatura máx.: 150 ºC.

- Medidas: (3").

De todas estas características técnicas específicas la de mayor interés es la de los materiales que lo componen pues su clasificación dependerá de ello.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

De acuerdo a esta regla, la Junta Cartón Sin Amianto se clasificará en:

La Sección XII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas

Partida 68.11: Manufacturas de amiantocemento, celulosacemento o similares.

Se descartó las partidas precedentes ya que todas las manufacturas estaban elaboradas por otras materias como el cemento o yeso, que en este caso no guardan ninguna relación con el producto. Además, la 68.12 pese a que menciona a las juntas, se descartó debido a que en esta partida todos los productos incluían Amianto.

En este punto se debe revisar las notas explicativas, con el fin de obtener detalles más pormenorizados que aseguren una clasifican adecuada. En este caso las notas explicativas de la partida 68.11 mencionan que “Esta partida comprende las manufacturas endurecidas constituidas esencialmente por una mezcla íntima de fibras (por ejemplo: amianto, celulosa y demás fibras vegetales, fibras de polímeros sintéticos o de vidrio o filamentos metálicos)…”, lo cual como vimos anteriormente el producto si cumple ya que contiene fibras orgánicas y minerales. ”. Asimismo, detalla que “Esta partida comprende tanto las placas cuadradas o rectangulares de cualquier dimensión y espesor…, artesas, cubetas, fregaderos, racores para tubos, juntas, manguitos…”

Ahora bien, para establecer la subpartida se hace uso de la regla general interpretativa 6 que establece lo siguiente: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Tomando en consideración lo expuesto en la regla 6, se compara primero el primer nivel en donde se encuentran:

-Que contengan amianto (asbesto)

-Que no contengan amianto (asbesto)

El artículo en cuestión se caracteriza por carecer de amianto y por ende se pasará a analizar el segundo nivel:

--Placas onduladas

-- Las demás placas, paneles, losetas, tejas y artículos similares

-- Las demás manufacturas

El producto que está siendo analizado no es una placa ni se asemeja a una, por lo cual la junta se debe considerar para la subpartida 6811.89.00.00 Las demás manufacturas.

Tributos fijos para la mercancía

AD VALOREM: 15%

IVA: 12%

FONDINFA: 0,5%

Restricciones y prohibiciones:

-No tiene restricciones

-Prohibiciones en la República de Corea del Norte

Conclusiones:

Según las Reglas Generales Interpretativas y las Notas Explicativas, es posible determinar que las juntas cartón sin amianto se clasifican en la Partida 68.11 Manufacturas de amiantocemento, celulosacemento o similares, específicamente en la subpartida 6811.89.00.00 Las demás manufacturas

Recomendaciones:

  • Se aconseja tener en cuenta la función principal del producto y analizar minuciosamente los materiales y componentes que lo conforman con el fin de clasificar correctamente
  • Para lograr una clasificación arancelaria efectiva, se debe tener presente las reglas interpretativas, las notas de capítulo y las notas explicativas.

Referencias Bibliográficas:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta  Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Showroom Barral S.L.U. (n.d.). Compra Junta Cartón Sin Amianto DN-80. Salvador Escoda al mejor precio. https://www.barral.com/aislamiento/junta-carton-sin-amianto-dn-80-salvador-escoda

 

 

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