SENAE RECORDO LOS PRODUCTOS DE PROHIBIDA IMPORTACION

RESUMEN

El Servicio Nacional de Aduanas (Senae), recordó a la ciudadanía que existen restricciones para el ingreso de ciertos artículos para los viajeros que retornan al país. Se enfatizó en que existen bienes que, por tratarse de efectos personales del viajero, están exentos de impuestos.

Otros, en cambio, deberán ser declarados y pagar impuesto, de salirse de la lista de los efectos personales. Para quienes ingresan al país, se consideran como efectos personales los artículos que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales.

Estos son prendas de vestir, vestuario de artistas, artículos de tocador, joyas, bisutería, adornos personales, adornos para el hogar, libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos. Entran también dentro de esta categoría los alimentos procesados debidamente sellados o empacados al vacío, juguetes y discos compactos de video. Sin embargo, existen restricciones en cuanto al número de ciertos bienes. Por ejemplo, pueden acompañar al viajero máximo dos animales domésticos vivos, hasta dos instrumentos musicales y máximo 10 videojuegos.

En otros casos, las limitaciones son para la persona o grupo familiar. Dentro de este grupo se considera a la pareja de cónyuges y sus hijos menores de edad. Uno de los bienes a los que se aplica esta norma es en los celulares: pueden ser nacionalizados (ingresar al país) hasta uno nuevo por grupo familiar y uno usado por persona. Es decir, si una familia viaja junta, podrán ingresar un celular usado por cada miembro pero solo uno nuevo por todo el grupo. Esto se aplica también para los siguientes artículos: cámaras fotográficas, filmadoras, agendas electrónicas, tablets, equipo de GPS, computador portátil, consola para videojuegos y calculadora electrónica. Hay otros bienes, en cambio, de los que solo se puede ingresar uno por viajero o grupo familiar, ya sea nuevo o usado. Estos son: televisores de hasta 22’’, computadores de escritorio, prismáticos, aparato de proyección y pantalla; monitor de computadora de hasta 22’’, impresoras y teléfonos. Si se trata de licor, se pueden ingresar sin tributar hasta tres litros de licor por persona o unidad familiar. En cambio, en el caso de los perfumes, se pueden ingresar hasta 300ml por persona y 600ml por grupo familiar.

COMENTARIO

Es muy bien visto el recordatorio de los productos que van a ser ingresados al pais por los viajeros ya que pueda que ellos no recuerden los productos con restricciones y que cuando esten realizando el ingreso se lleven la sorpresa que tenian restricciones.

Francis Marcalla

Fuente: El Comercio

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