El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador estableció un proceso de excepción para los operadores de comercio exterior calificados para el Despacho de Pago Garantizado debido a los últimos acontecimientos suscitados en el Ecuador y el mundo en relación con el COVID-19, los contribuyentes han presentado dificultades en la ejecución normal de sus operaciones de comercio exterior, lo cual impacta de forma directa a la economía nacional. 

A continuación se explicara que involucra el Despacho con Pago Garantizado:

Despacho con Pago Garantizado es la modalidad de despacho que permite a los operadores de comercio exterior previamente calificados por la administración aduanera, obtener el levante de las mercancías inmediatamente después de liquidada la declaración aduanera, sin que se autorice el respectivo pago de los tributos al comercio exterior y demás recargos, siempre y cuando, dicho operador de comercio exterior hubiere otorgado ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador una garantía general anual conferida para el efecto, la cual afianzará los tributos al comercio exterior no pagados hasta el momento de su pago efectivo, dentro de las condiciones que establezca la Autoridad Aduanera (Art. 86 Reg. COPCI).

Requisitos para acogerse al despacho con pago garantizado

9242213694?profile=original

IMPORTANTE: Los OCE que han sido calificados por el SENAE deberán registrar una garantía general que servirá para afianzar el pago de los tributos aduaneros diferidos

Del pago y la Garantía 

  • La garantía aduanera, es un requisito que se solicitará a título personal a todo importador que quiera acogerse a la modalidad de despacho con pago garantizado.
  • El valor de la liquidación aduanera de despacho con pago garantizado será deducido de la garantía general y una vez cumplidos los procedimientos de despacho previos a la autorización del pago, se autorizará el retiro de la mercancía.
  • El importador podrá hacer uso de la garantía general, hasta que el monto de los tributos
    generados en el mes alcance el 95% de su valor, en caso que el Importador no incremente
    el valor de la garantía no podrá utilizar el Despacho con Pago Garantizado, para las
    declaraciones subsiguientes.
  • El monto de la garantía lo establecerá el importador, pudiendo hacer los incrementos o disminuciones que a bien considere, tomando en cuenta que si desea hacer uso de esta herramienta de forma continua la garantía debería cubrir los tributos de al menos 40 días.
  • La autorización de pago deberá ser emitida, al quinto día hábil del mes siguiente, con todas las liquidaciones pendientes de pago acumuladas durante el mes calendario anterior, sus pagos serán exigibles desde el día que se emita dicha autorización.
  • Una vez que la liquidación garantizada sea satisfecha y pagada totalmente, se acreditará el monto respectivo a la garantía general, restituyéndose el mismo para cubrir, en lo posterior, otras importaciones de ser el caso.

CAMBIOS, AMPLIACIONES EN LA EMERGENCIA SANITARIA

9242214097?profile=original

CONCLUSIONES

El SENAE tiene la facultad de expedir mediante resoluciones reglamentos, manuales. instructivos, etc en beneficio de el buen funcionamiento de la administración aduanera y aquellos aspectos operativos y lo ha cumplido en estos tiempos de Pandemia facilitando todos los procesos relacionados al comercio exterior.

RECOMENDACIONES 

Conocer los nuevos procedimientos, ampliaciones que el Servicio de Aduana del Ecuador a ejecutado en beneficio de facilitar el comercio exterior para garantizar el mismo en ámbito de Modalidades de Despacho. 

FUENTES

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: BOLETIN INFORMATIVO 20-2020 Recuperado de https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-hab-proc-oces/

Base Legal: Reglamento del COPCI

Resolución No. SENAE-DGN-2012-0327

Resolución No. SENAE-SENAE-2020-0021-RE

AUTOR: JHOANA LIZBETH GAVIN VIMOS

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales