INTRODUCCIÓN

     

    Mediante Resolución No. SENAE-SENAE-2018-0003-RE (M):  El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), mediante Resolución SENAE – SENAE – 2018 – 0003 - RE, dictada el 7 junio de 2018, deroga la resolución SENAE-SENAE-2017-0001-RE (M),   a la tasa por el servicio de control aduanero, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 115, de 8 de noviembre de 2017, así como todas las disposiciones concernientes a esta tasa que se han venido aplicando.

DESARROLLO

     

     En este caso partículas debemos tener claro que El Gobierno Nacional es responsable con el cumplimiento de la normativa internacional y comunitaria. Por lo tanto, debe apegarse a ella, si viene cierto se ratifica el compromiso de continuar el control eficiente, en la lucha frontal contra el contrabando y la defraudación aduanera, que afectan al Estado y a la industria nacional, también se deben aceptar los lineamientos que estos organismos disponen.

     En esta resolución se resuelve derogar los siguientes lineamientos normativos con estricto cumplimiento de la resolución 1999 y 2007 publicadas en las Gacetas Oficiales del Acuerdo de Cartagena este 20 de abril y 6 de junio es decir las resoluciones que quedan obsoletas son:

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      Cada una de estas resoluciones que ahora dejan de estar en vigencia corresponden a tasas de servicio de control aduanero y sus respectivas reforma y ajustes, considero que es muy interesante que estas tasas se hayan alineado al Acuerdo de la CAN debido a que es cuestión de equidad que al menos todos los miembros de este bloque comercial cumplan con lo estipulado en el mismo sin favoritismos.

CONCLUSIÓN

      Debido a esta resolución El SENAE implementará mesas de diálogo con los diferentes sectores relacionados al comercio exterior, para delinear esfuerzos destinados a la transparencia y dinamismo que aportan al desarrollo y a la reactivación productiva del país. Lo cual es beneficioso para todos los entes del comercio exterior.

FUENTES:

AUTOR:

Jorge Eduardo Tapia G.

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