En esta Sección, el término «pellets» designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3 % en peso.
Conclusión:
La sección IV y sus capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
Recomendación:
Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección IV es necesario investigar si existe algún requisito como certificaciones y o un transporte especial ya que son mercancías que pueden descomponerse o regarse en el contenedor porque es indispensable un buen proceso de sellado, empaquetado y transporte de los mismos.
Bibliografía:
file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf
https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf
https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX
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