AGENTES DE ADUANA
Los agentes de aduana son personas naturales o jurídicas cuya licencia, le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías y se caracterizan por tener el carácter de fedatarios de la función pública, y sus auxiliares, estarán sujetos al control de la Autoridad Aduanera.
SANCIONES
Siempre que el hecho no constituya delito o contravención los agentes de aduana están sujetos a las siguientes sanciones:
- Suspensión de la licencia.- Los agentes de aduana serán sancionados con una suspensión de su licencia hasta por sesenta (60) días calendario cuando incurran en una de la las siguientes causales:
- Haber sido sancionado en tres ocasiones por falta reglamentaria, por el incumplimiento del Reglamento de este Título o a los Reglamentos que expida la Directora o el Director del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, dentro de un período de 12 meses
- Haber sido sancionado en tres ocasiones dentro de un período de 12 meses con contravención indistintamente por:
- Obstaculizar o impedir acciones de control aduanero, ya sea por actos tendientes a entorpecer la actividad del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o por negarse a colaborar con las investigaciones que se realicen;
- No presentar los documentos de acompañamiento conjuntamente con la declaración aduanera, si corresponde conforme a la modalidad de despacho asignada a la declaración, por parte del propietario, consignante o consignatario;
- El incumplimiento de las obligaciones previstas para los Agentes de Aduana en el Reglamento al presente Código y en el reglamento que regule la actividad de los agentes de aduana dictado por la Directora o el Director General.
- Cancelación de la licencia.- Los agentes de aduana serán sancionados con la cancelación de su licencia cuando incurra en una de la las siguientes causales:
- Por reincidencia en la suspensión de la licencia dentro de un período de 12 meses;
- En caso de haber sido sentenciado por delito aduanero;
- No conservar el archivo de los despachos en que ha intervenido por el plazo establecido en el reglamento al presente Código;
- Por fallecimiento del titular o disolución de la persona jurídica
CONCLUSIÓN:
Las personas que realizan la labor de agentes de aduana deben tener cuidado al momento de realizar los trámites ya que existen sanciones que dependiendo de la infracción serán aplicadas y que en un futuro tendrán repercusión en la persona y puede llegar hasta la cancelación de su licencia impidiendo seguir con su función.
FUENTE: Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y sus Reglamentos
AUTOR: Daniela Quirola
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