Objetivo General: 

Realizar la clasificación arancelaria de un producto es importante porque a través de esta acción se puede determinar varios puntos como los impuestos que se deben pagar, conocer el origen de la mercancía, si existe algún trato preferencial y que el producto pueda ser identificado por las autoridades aduaneras.

     Objetivo Específico: 

Analizar la clasificación arancelaria del producto denominado como “Marco de rodillo” para conocer las características y sus componentes para su comercialización.

Solicitante

Marco Guayasamín S.

Nombre comercial de la mercancía

MARCO DE RODILLO 

Imagen de la mercancía

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Material presentado

- Información técnica de la mercancía emitida por el fabricante. 

- Fotografía de la mercancía motivo de consulta.

Descripción de la mercancía

El marco de rodillo tiene un diseño sumamente funcional que le ayuda en su labor de pintado, mientras que su material lo hace duradero y resistente, en la parte superior esta compuesto de Cinc y en la parte inferior consta de un mango de plástico para el mejor agarre y utilidad al momento de pintar

Composición

Cinc y Plástico

Características de la mercancía

Lugar de origen:  China

Color: Gris azulado

Peso: 200 g

Tamaño del mango: 30 mm x 145 mm 

Longitud total: 305 mm, 

Marco de rodillo de metal de cinc de 6 mm 

Fácil de limpiar, no se dobla, no se oxida 

Mango de plástico ergonómico de 90 grados con diseño de agarre cómodo, fácil de sostener y antideslizante.

Mango de rodillo universal roscado, el rodillo se puede alargar a una barra de extensión para cepillar en lugares altos.

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

REGLA 1

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).”

Esta regla determina en base a la nota 7 de la sección XV: Salvo disposición en contrario en un texto de partida, las manufacturas de metal común, o consideradas como tales, que comprendan varios metales comunes, se clasifican con las manufacturas del metal que predomine en peso sobre cada uno de los demás.

Capítulo

79

Cinc y sus manufacturas

REGLA 6

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

Partida

79.01

Cinc en bruto

Subpartida

7901.20.00 

- Aleaciones de Cinc

NOTAS LEGALES

NOTAS DE PARTIDA

Esta partida comprende el cinc en bruto con sus diferentes grados de pureza, en masas, lingotes, placas, palanquilla o formas similares o en granalla. Estos productos se emplean para la galvanización (por inmersión o deposición electrolítica), la preparación de aleaciones o la posterior laminación, estirado, extrusión, refundición, etc.

Se excluyen de esta partida el polvo y partículas de cinc (partida 79.03).

NOTAS DE CAPÍTULO

Este Capítulo comprende: 

  1. b) Aleaciones de cinc:

las materias metálicas en las que el cinc predomine en peso sobre cada uno de los demás elementos, siempre que el contenido total de los demás elementos sea superior al 2,5 % en peso

MEDIDAS ARANCELARIAS

TRIBUTOS FIJOS DE LA MERCANCÍA

Código de tributo

Valor del tributo

FODINFA

0.5%

ARANCEL AD VALOREM

0%

IVA

12%

MEDIDAS PARAANCELARIAS

Tipo de restricción

Código de requisito

Prohibición 

DCP

CRITERIO PERSONAL

En mi opinión esta clasificación del producto es la correcta porque en la subpartida y notas explicativas antes mencionadas describe la mercancía sin algún tipo de inconsistencia o fluctuación con respecto a las características que son claras.

CONCLUSIÓN

Para finalizar con el informe técnico se define que el presente producto denominado “MARCO DE RODILLO” se clasifica en la partida arancelaria 79.01, subpartida 7901.20.00, en base a las notas legales 1 y 6; Cabe resaltar que el producto tiene una medida paraarancelaria de prohibición y con código de requisito de DCP para la REPÚBLICA DE COREA por motivo: “REEXPORTACION DE MERCANCIAS INGRESADAS A ALMACENES LIBRES”.

FUENTE

Arancel Nacional – Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (s. f.). https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/

Senae. (s. f.). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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