¿Sabías que las medusas pueden producir luz? Vamos a clasificarlas

Los organismos marinos sin columna vertebral son seres vivos pluricelulares que habitan en el medio acuático. Entre los invertebrados marinos más frecuentes se encuentran las esponjas, los cnidarios como medusas y corales, los gusanos marinos, los moluscos como caracoles y babosas, los artrópodos tales como cangrejos, camarones y langostas y los equinodermos como estrellas de mar y erizos de mar.

Descripción de la mercancía:

La albacora es un pez marino que vive en aguas saladas y se considera una especie de atún. Su hábitat natural se encuentra en aguas cálidas, lo que la convierte en una especie de atún de carácter tropical. Puede ser encontrada en las aguas tropicales, así como en el mar Mediterráneo y en océanos templados. En resumen, se puede hallar en prácticamente cualquier océano o mar que cuente con la temperatura adecuada. Este pez también es conocido popularmente como atún blanco o bonito del norte. Para poder traerla esta la traeremos congelada.

Notas de capítulo

1. Este Capítulo no comprende:

a) los mamíferos de la partida 01.06;

b) la carne de los mamíferos de la partida 01.06 (partidas 02.08 ó 02.10);

c) el pescado (incluidos los hígados, huevas y lechas) ni los crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, muertos e impropios para la alimentación humana por su naturaleza o por su estado de presentación (capítulo 5); la harina, polvo y «pellets» de pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, impropios para la alimentación humana (partida 23.01); o

d) el caviar y los sucedáneos del caviar preparados con huevas de pescado (partida 16.04).

2. En este Capítulo, el término «pellets » designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de una pequeña cantidad de aglutinante

Análisis arancelario

Sección I:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 3:

Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

Texto de partida:

03.08: Invertebrados acuáticos, excepto los crustáceos y moluscos, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; invertebrados acuáticos, excepto los crustáceos y moluscos, ahumados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; harina, polvo y «pellets» de invertebrados acuáticos, excepto de los crustáceos y moluscos, aptos para la alimentación humana.

Texto de subpartida

0308.30.00.10: - - Vivas

Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 30%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

ICE: 0%

Información Parancelaria:

Prohibida importación de La República Popular Democrática de Corea.

Documento de Soporte: Agencia Nacional De Regulación, Control Y Vigilancia Sanitaria

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0202.30.00.90

Notas Explicativas del Capitulo

Este Capítulo comprende todos los peces, pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, vivos o muertos, se destinen directamente a la alimentación humana, o se reserven para la industria (conservera, etc.), repoblación, acuarios, etc., excepto los peces y pescados (incluidos hígados, huevas y lechas) y los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, muertos impropios para la alimentación humana por su especie, o por su estado de presentación (Capítulo 5). Se entenderá por “refrigerado” el producto cuya temperatura haya descendido generalmente hasta la proximidad de 0 °C, sin alcanzar su congelación. Se entenderá por “congelado” el producto enfriado por debajo del punto de congelación hasta su congelación total. También están comprendidos en este Capítulo, las huevas y lechas comestibles de pescado, es decir, las huevas de pescado contenidas en la membrana ovárica, sin preparar ni conservar o preparadas o conservadas únicamente por los procedimientos previstos en este Capítulo. Las huevas y lechas de pescado preparadas.

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario

Conclusiones

Al finalizar el análisis con ayuda de las notas explicativas y las RBI 1 y 6, se concluye que la “medusa” se clasifica en la subpartida arancelaria 0308.30.00.10: - - Vivas que proviene de la partida 03.08: Invertebrados acuáticos, excepto los crustáceos y moluscos, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; invertebrados acuáticos, excepto los crustáceos y moluscos, ahumados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; harina, polvo y «pellets» de invertebrados acuáticos, excepto de los crustáceos y moluscos, aptos para la alimentación humana.

Recomendaciones

Recuerda que la clasificación arancelaria puede tener implicaciones legales y comerciales significativas, por lo tanto, es fundamental realizar un análisis exhaustivo y preciso para evitar errores y cumplir con las normas aplicables.

Revisar las notas explicativas y los criterios de clasificación: Además de la nomenclatura arancelaria, es esencial consultar las notas explicativas y los criterios de clasificación asociados. Estos documentos proporcionan una guía detallada sobre cómo interpretar y aplicar los códigos de la nomenclatura a situaciones específicas. Las notas explicativas ofrecen descripciones y ejemplos de productos que caen bajo cada categoría, mientras que los criterios de clasificación abordan aspectos como la composición, la función y las características de la mercancía. Estudiar estas fuentes de referencia te ayudará a tomar decisiones informadas y asegurar una clasificación correcta.

Fuente:

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.culturagenial.com/es/cuadro-la-noche-estrellada-de-vincent-van-gogh/

Invertebrados | Resiliencia de arrecifes. (s. f.). https://reefresilience.org/es/stressors/invasive-species/invertebrates/#:~:text=Los%20invertebrados%20marinos%20son%20animales,viven%20en%20el%20medio%20marino.

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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