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Descripción

Las lonas frontlit poseen un recubrimiento textil entretejido de policloruro de vinilo que permite la impresión en máquinas digitales tipo inkjet, generalmente se utilizan para vallas publicitarias, banners o displays que requieren un gran colorido, pues las mismas tienen acabado brillante, son resistentes a la luz solar y al efecto disolvente del agua, son totalmente blancas y no tienen transparencias.

Este tipo de lonas se puede utilizar tanto en exteriores como interiores y son de las más demandadas en el mercado debido a su económico coste, a su buena calidad y alta resistencia,pues se estima que cada lona tiene un período de vida máximo de 5 años.

La clasificación arancelaria de la mercancía anteriormente descrita está fundamentada considerando las Reglas Generales Interpretativas.

Regla General Interpretativa 1 - Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes . 
Regla General Interpretativa 6- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

En virtud de las reglas antes mencionadas es importante considerar las notas de capítulo y notas explicativas del sistema armonizado que veremos a continuación. 

Sección XI 

MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS 

Capítulo 59

Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas;artículos técnicos de materia textil 

Notas de capítulo
2.-  La partida 59.03 comprende:

a) las telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico, cualquiera que sea el peso por metro cuadrado y la naturaleza del plástico (compacto o celular).

b) las telas fabricadas con hilados, tiras o formas similares, impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con plástico, de la partida 56.04.

Partida 59.03

TELAS IMPREGNADAS, RECUBIERTAS, REVESTIDAS O ESTRATIFICADAS CON PLÁSTICO, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA 59.02 

Notas Explicativas- Tomo II- Pág. 675

Esta partida se refiere a los tejidos impregnados, recubiertos o revestidos con plástico (por ejemplo, poli (cloruro de vinilo), así como a los estratificados con esa misma materia.

Los tejidos de esta clase se clasifican en esta partida cualquiera que sea el peso por metro cuadrado y cualquiera que sea la naturaleza del plástico incorporado (compacto o celular), siempre que, sin embargo:

1) La impregnación, baño o recubrimiento (cuando se trate de tejidos impregnados, recubiertos o revestidos) sea perceptible a simple vista, entendiéndose que no deben de tenerse en cuenta los simples cambios de color que puedan resultar de estas operaciones.

Los tejidos cuya impregnación, recubrimiento o revestimiento no sean perceptibles a simple vista (hecha abstracción del color) se clasifican en sus respectivas partidas (Capítulos 50 a 55, 58 o 60, generalmente). Entre estos tejidos, se pueden citar los que están impregnados de sustancias que tienen por objeto hacerlos inarrugables, antipolilla o inencogibles y ciertos tejidos impermeabilizados (en especial, las gabardinas y popelinas impermeabilizados por impregnación). Quedan igualmente clasificados en los Capítulos 50 a 55, 58 o 60, los tejidos parcialmente recubiertos o revestidos con plástico que presenten dibujos como consecuencia de estos tratamientos.

2) Se trate de productos no rígidos, es decir, que puedan enrollarse a mano sin agrietarse en un mandril de 7 mm de diámetro a una temperatura comprendida entre 15 °C y 30 °C.

3) El tejido no esté totalmente inmerso en el plástico ni revestido o recubierto por las dos caras.

Los artículos que no satisfagan las condiciones indicadas en los apartados 2) o 3) anteriores se clasifican en el Capítulo 39. Sin embargo, los tejidos revestidos o recubiertos por las dos caras de plástico, cuyo revestimiento o recubrimiento no sean perceptibles a simple vista o sólo puedan reconocerse como consecuencia de los cambios de color provocados por estas operaciones, se clasifican generalmente en los Capítulos 50 a 55, 58 o 60. Con excepción de los productos textiles de la partida 58.11, los tejidos combinados con hojas, placas o tiras de plástico celular en las que el tejido sea un simple soporte, se clasifican también en el Capítulo 39. (Para la interpretación del término soporte ver las Consideraciones Generales del Capítulo 39, parte titulada “Plástico combinado con materia textil”, último párrafo).

Por otra parte, los tejidos estratificados de esta partida no deben confundirse con los obtenidos por unión, cara a cara, por simple pegado con plástico. Estos tejidos, en cuyo corte no aparece el menor espesor de plástico se clasifican generalmente en los Capítulos 50 a 55.

En muchos tejidos de esta partida, el plástico, frecuentemente coloreado, forma en la superficie una capa que puede ser lisa o que se puede gofrar para imitar, principalmente, el grano del cuero.

También se clasifican aquí los tejidos adherizados (excepto los de la partida 59.02) impregnados para facilitar la adherencia al caucho al que serán incorporados, así como los tejidos sobre los que se han esparcido, por ejemplo, partículas visibles de materia termoplástica que permitirá pegarlos a otros tejidos o a otras materias por simple presión en caliente.

Esta partida también comprende los tejidos fabricados con hilados, tiras o formas similares, impregnados, recubiertos o enfundados con plástico, de la partida 56.04.

Los tejidos de esta partida tienen usos muy diversos. Se utilizan, según el tipo, como tejidos para tapicería, para la fabricación de bolsos de mano, maletas, vestidos, zapatillas, juguetes, para la encuadernación, como tejidos adhesivos, en la fabricación de diversos aparatos eléctricos, etc.

Se excluyen además de esta partida:

  • a) Los productos textiles de la partida 58.11.
    b) Los tejidos revestidos o recubiertos con plástico, diseñados para su utilización como revestimientos para el suelo (partida 59.04).
    c) Los tejidos impregnados o recubiertos que tengan el carácter de revestimiento para paredes (partida 59.05).
    d) Los tejidos impregnados, revestidos o recubiertos de plástico y los tejidos estratificados con dicha materia, confeccionados como se indica en el apartado II de las Consideraciones generales de la Sección XI.

Subpartida 

5903.10.00.00 - Los demás

Tributos

  • AD-VALOREM: 20%
  • IVA: 12%
  • FODINFA: 0.5%

Información Para-Arancelaria 

  • PROHIBICIÓN: Importación a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte).

Conclusión

Por aplicación de las Reglas Generales Interpretativas primera y sexta se determina que la mercancía Lona Fronflit se clasifica dentro del Arancel del Ecuador en la partida arancelaria 59.03, subpartida 5903.90.00.00- los demás, pues el producto cumple con lo establecido en las notas explicativas y consideraciones generales aplicables, se trata de un tejido recubierto de plástico, en este de caso de cloruro de vinilo, es un producto no rígido que puede ser enrollado manualmente y el recubrimiento en una de sus caras es perceptible a simple vista.

Recomendación

Es importante realizar un análisis detallado del producto, en el que se identifiquen aspectos como la naturaleza, características, uso y funcionalidad del mismo, a continuación es necesario realizar un estudio minucioso de los documentos como el Arancel, las Reglas Generales Interpretativas y las Notas Explicativas, pues serán estos los que nos brinden una guía clara de la subpartida en la que se clasificará el producto.

Referencias

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina de Naciones [CAN]. (2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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