¿Sabías que las alfombras de chenilla pueden dar un plus a tu hogar? Conoce cuál es su clasificación arancelaria.

Descripción del producto

Este producto se caracteriza por su acabado y aspecto aterciopelado. Es un tejido hecho a mano con textura, cuyo trenzado puede mezclar varios hilados de diferentes grosores que ofrecen la sensación de relieve, aunque sean alfombras muy lisas y finas. Está compuesto por un hilo de pelo cortado, el cual es 100% algodón y sirve para decorar y aislar del frío. Se utiliza para cubrir el suelo de cualquier estancia.

Reglas Generales Interpretativas

Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Para la clasificación del producto se ha tomado en cuenta la sección XI correspondiente a “materias textiles y sus manufacturas”, la cual abarca el capitulo 57 que se refiere a alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil. Posteriormente, se determina que la partida 57.02 la cual comprende “alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, tejidos, excepto los de mechón insertado y los flocados, aunque estén confeccionados, incluidas las alfombras llamadas «Kelim» o «Kilim», «Schumacks» o «Soumak», «Karamanie» y alfombras similares tejidas a mano”, es la correcta ya que tiene relación con la descripción del producto.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. a efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

Después de haber realizado un análisis minucioso y con la ayuda de las notas explicativas, se ha llegado a la conclusión que el producto mencionado se sitúa en la subpartida 5702.49.00.00 perteneciente a los demás, aterciopelados, confeccionados: de las demás materias textiles.

 

Nota Explicativa

Entre las alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil comprendidos aquí, se pueden citar:

Las alfombras de chenilla: Su característica principal reside en el hecho de que la superficie aterciopelada la producen hilos de chenilla (hilados descritos en la Nota Explicativa de la partida 56.06). Estos hilados pueden emplearse como trama suplementaria, pero pueden también introducirse en el sentido de la urdimbre trozo por trozo y fijarlos sobre el fondo de la alfombra por un procedimiento especial de tejido.

Clasificación Arancelaria:

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Información Arancelaria:

Ad Valorem:                      30%

IVA:                                    12%

Fondinfa:                           0.5%

 

Información Para arancelaria:

Restricciones:                      No aplica restricciones

Prohibiciones:                      Importación República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte)

Presentación de requisito:  Certificado INEN

 

Conclusiones:

Mediante la ayuda y uso adecuado de el arancel, las reglas generales de interpretación (RGI) y notas explicativas que son la base legal para las clasificaciones arancelarias, se ha logrado deducir que el producto denominado “alfombra de chenilla” se lo categoriza con el código 5702.49.00.00 perteneciente a los demás, aterciopelados, confeccionados: de las demás materias textiles.

 

Recomendaciones:

  • Examinar detenidamente la composición y características del producto que va a ser evaluado.
  • Hacer uso de las notas explicativas ya que facilitará la clasificación arancelaria del producto.
  • Para la determinación arancelaria de un producto es importante consultar en fuentes confiables como la página oficial de la aduana.

 

 Fuentes:

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