¿Sabías que la mayonesa es una fuente de ácidos grasos esenciales, como el omega-3 y omega-6? Ven, te enseño a clasificar

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

La mayonesa es una salsa emulsionada fría que se utiliza comúnmente como condimento en diversos platos. Su ingrediente principal es el aceite vegetal, que se mezcla con yema de huevo y vinagre o jugo de limón. Esta mezcla se bate vigorosamente para lograr una emulsión, donde las partículas de grasa se dispersan uniformemente en la mezcla. Además, es un componente clave en la preparación de muchas salsas y aderezos.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para establecer la clasificación arancelaria del producto, se implementaron las siguientes Reglas Generales interpretativas del Sistema Armonizado

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

En base a la información podemos decir que singani y las características presentadas se encuentra en:}

SECCIÓN IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS; PRODUCTOS, INCLUSO CON NICOTINA, DESTINADOS PARA LA INHALACIÓN SIN COMBUSTIÓN; OTROS PRODUCTOS QUE CONTENGAN NICOTINA DESTINADOS PARA LA ABSORCIÓN DE NICOTINA EN EL CUERPO HUMANO

CAPÍTULO 21: Preparaciones alimenticias diversas

PARTIDA 21.03: Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

Para poder encontrar la subpartida a la que pertenece debemos tomar en cuenta la regla 6 que menciona lo siguiente:

Regla 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Con la finalidad de determinar la subpartida arancelaria correspondiente a este producto, nuevamente se realizará una comparación de subpartidas del mismo nivel:

2103.90.10.00 - - Salsa mayonesa

2103.90.90.00 - - Las demás

Siguiendo el curso planteado por la Regla General Interpretativa 6 se ha comparado las subpartidas del mismo nivel de dos casos, primero aquella de guion, consecuentemente aquellas de dos guiones; además, analizando notas explicativas de las subpartidas se ha logrado determinar que la clasificación arancelaria correspondiente al producto 2103.90.10.00- - Salsa mayonesa

NOTAS EXPLICATIVAS

A) PREPARACIONES PARA SALSAS Y SALSAS PREPARADAS; CONDIMENTOS Y SAZONADORES, COMPUESTOS.

Esta partida comprende las preparaciones, generalmente con especias, utilizadas para destacar el sabor de ciertos alimentos (carne, pescado, ensaladas, etc.) y elaboradas con diversos ingredientes (huevos, hortalizas, carne, frutas u otros frutos, harina, almidón, fécula, aceite, vinagre, azúcar, especias, mostaza, saboreadores, etc.). Las salsas suelen presentarse líquidas y las preparaciones para salsas en polvo al que es suficiente añadirle leche, agua, etc., para obtener la salsa

Generalmente las salsas se añaden a los alimentos durante la cocción o en el momento de servirlos. Dan sabor y jugosidad a los alimentos y contrastes en la contextura y el color. Pueden ser lo básico de la comida que contienen, como por ejemplo la salsa dulce del pollo a la crema. Los sazonadores líquidos (salsa de soja, salsa picante o salsa de pescado) se utilizan tanto como ingredientes en la preparación de un plato como condimentos en la mesa.

Esta partida comprende algunas preparaciones a base de hortalizas o de frutas que se presentan líquidas, en emulsiones o suspensiones y que contienen trozos visibles de hortalizas o de frutas. Estas preparaciones se distinguen de las frutas y hortalizas preparadas o en conserva y del Capítulo 20 en que se utilizan como salsas, es decir, para acompañar o preparar ciertos platos, mientras que aquellas se consumen solas.

Por otra parte, los condimentos y sazonadores compuestos que contengan especias, difieren de las especias y de las mezclas de especias de las partidas 09.04 a 09.10 en que también contienen una o varias sustancias saboreadoras o sazonadoras clasificadas en Capítulos diferentes al Capítulo 09 y en proporción tal que la mezcla ha perdido el carácter esencial de especia de dicho Capítulo (véanse a este respecto las Consideraciones Generales del Capítulo 9).

Como ejemplos de productos comprendidos en esta partida, se pueden citar: salsa mayonesa, aderezos (aliños) para ensaladas, salsa bearnesa, salsa boloñesa (que contiene carne picada, puré de tomate, especias, etc.), salsa de soja (soya), salsa de champiñones, salsa Worcéster (generalmente a base de salsa de soja (soya) mezclada con una infusión de especias en vinagre y adicionada con sal, azúcar, caramelo y mostaza), el Ketchup (preparación a base de puré de tomate, azúcar, vinagre, sal y especias) y demás salsas de tomate, sal de apio (mezcla de sal de cocina y semilla de apio finamente molida) y algunos condimentos compuestos para chacinería (charcutería), productos del Capítulo 22 (excepto los de la partida 22.09) preparados con fines culinarios (por ejemplo, vino y coñac) y que por este hecho resulten no aptos para su consumo como bebida.

Independientemente de los productos de los Capítulos 9 y 20 ya citados, esta partida no comprende:

a) Los extractos y jugos de carne, pescado o crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos (partida 16.03).

b) Las sopas, potajes o caldos preparados y las preparaciones para sopas, potajes o caldos (partida 21.04).

c) Los hidrolizados de proteínas, que consisten esencialmente en una mezcla de aminoácidos y cloruro de sodio, usados como aditivos en preparaciones alimenticias (partida 21.06)

d) Los autolizados de levadura (partida 21.06)

TRIBUTOS FIJOS PARA EL PRODUCTO

ARANCEL ADVALOREM

30%

ANTIDUMPING

0%

FODINFA

0.5%

ICE ADVALOREM

0%

PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO SAFP

0%

SALVAGUARDIA

0%

INCREMENTO ICE

0%

AEC

0%

ICE ESPECÍFICO

0%

IVA

12%

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES

Entidad: AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA

Tipo: Restricción

Documentos: Documento de Control Previo (DCP) 

CONCLUSIÓN

En conclusión, la salsa de mayonesa, corresponde al capítulo 21 (Preparaciones alimenticias diversas), Partida 21.03 (Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.), Subpartida 2103.90.10.00 (- - Salsa mayonesa). Los tributos del producto son: Arancel Advalorem 30%, IVA 12%, Fodinfa 0.5%, Salvaguardia 0%, Incremento ICE 0%

RECOMENDACIÓN

Se recomienda tomar en cuenta las características del producto, las reglas generales interpretativas e Información arancelaria, para así realizar una clasificación correcta con el objetivo de no cometer algún error al momento de presentar los documentos de acompañamiento, como es el caso del Documento de Control Previo.

REFERENCIAS

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

MAYONESA. (s. f.). https://www.infoalimentacion.com/documentos/mayonesa.asp

 

 

 

 

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