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Descripción del producto

Es un material no tejido, que se usa como entretela para crear un efecto acolchonado en una tela, ya que su forma es flexible, cuenta con distintos grosores y sus fibras pueden separarse fácilmente. Se puede utilizar en distintas aplicaciones como por ejemplo para vestir, para cojines, para fundas de dispositivos electrónicos, estuches, agarradores para la cocina, etc.

Reglas de Clasificación

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

 

  • Se utilizan estas reglas ya que las Sección, Capítulo y Subcapítulo indican la posición en el arancel en donde se puede encontrar posibles subpartidas para el producto, sin embargo, es en la Partida en donde se encuentra posible información sobre el material constitutivo del producto.

 

  • Regla 6: La clasificación de mercancías en la subpartida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de esta subpartida y de las Notas de subpartida. Así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. En efecto a esta regla, aplicaremos las Notas de Sección y Notas de Capítulo.

 

Notas de Capítulo

Primera nota del capítulo 56:

-Este Capítulo no comprende:

a) la guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de sustancias o preparaciones (por ejemplo: de perfume o cosméticos del Capítulo 33, de jabón o detergentes de la partida 34.01, de betunes o cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres), etc., o preparaciones similares de la partida 34.05, de suavizantes para textiles de la partida 38.09), cuando la materia textil sea un simple soporte.

Notas Explicativas

La guata a la que se refiere esta partida se obtiene superponiendo varias capas de velos de fibras textiles procedentes del cardado o formadas por soplado o aspiración, comprimiéndolas después para aumentar la cohesión de las fibras. Algunas guatas se someten a un ligero punzonado para reforzar la cohesión de las fibras y, eventualmente, fijar la capa de guata sobre un soporte textil, tejido o sin tejer.

 

La guata se emplea, comúnmente, según sus características, como material de relleno (fabricación de hombreras para sastre, forrado de prendas, joyeros o escriños, estuches, muebles, mandíbulas de máquinas para planchar la ropa, etc.), como material de embalaje o para usos sanitarios.

 

Esta partida comprende tanto la guata en piezas o cortada en longitudes determinadas, como los artículos de guata no comprendidos más específicamente en otras partidas de la Nomenclatura.

 

Sección

 

Gracias a la RGI 1, podemos determinar con el título de la sección que la guata de algodón se clasificará en la Sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas.

 

Capítulo

Gracias a la RGI 1 y a la primera nota de capítulo, podemos determinar que la guata de algodón se clasifica en el capítulo 56: Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería.

 

Partida

 

Gracias a la RGI 1 y a la nota explicativa la guata de algodón se clasificará en la partida 56.01: Guata de materia textil y artículos de esta guata; fibras textiles de longitud inferior o igual a 5 mm (tundizno), nudos y motas de materia textil.

 

Subpartida

 

De acuerdo al uso de la RGI 6, se clasificará en la subpartida: 5601.21.00.00 --De algodón

 

Información arancelaria y para-arancelaria

 

  • Arancel AdValorem: 15%

 

  • Arancel Específico: 0%

 

  • Fodinfa: 0.50%

 

  • V.A: 12%

 

  • Unidad Física: kilogramos

 

  • Prohibida importación de Corea

 

  • Requisitos del INEN: no

 

  • Producto del SAFP: no

 

Recomendaciones

 

  • Hay que hacer un uso correcto de las Reglas Generales Interpretativas ya que es el primer paso para la correcta clasificación arancelaria.

 

  • Se recomienda hacer uso de las Notas Explicativas ya que ofrecen más detalles y aclaraciones sobre el producto que se necesite clasificar.

 

  • Se debe tener en cuenta las excepciones mencionadas en las diferentes notas para no cometer un error de clasificación arancelaria.

 

 

Conclusiones

 

Gracias a las RGI y a las diferentes notas de sección, notas de capítulo y notas explicativas podemos concluir que la guata de algodón, se clasifica en la sección XI; MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, en el Capítulo 56;  Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería, en la partida 56.01 Guata de materia textil y artículos de esta guata; fibras textiles de longitud inferior o igual a 5 mm (tundizno), nudos y motas de materia textil, en la subpartida 5601.21.00.00 - - De algodón.

 

Referencias

 

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. Reformar Íntegramente el Arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

Autor: Santiago Michael Naranjo Salas.

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