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Descripción del producto

Empaquetadura trenzada con hilos de asbesto de alta calidad impregnados con PTFE y tratados con un aceite lubricante especial que la hace más flexible. Puede ser utilizada con ejes de alta rotación de acero inoxidable o superficies cromadas sin causar desgastes. Entre sus ventajas se tiene que es una empaquetadura de bajo costo, posee alta resistencia a la tensión y resistente a altas temperaturas. A las empaquetaduras también se les conocen como cordones.

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De todas estas características técnicas específicas la de mayor interés es la del material con el que está fabricado, pues su clasificación dependerá de ello.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

De acuerdo a esta regla, la empaquetadura se clasificará en:

La Sección XIII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas

Partida 68.12: Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio; manufacturas de estas mezclas o de amianto (por ejemplo: hilados, tejidos, prendas de vestir, sombreros y demás tocados, calzado, juntas), incluso armadas, excepto las de las partidas 68.11 ó 68.13

Se descartó el resto de partidas, ya que todas las manufacturas estaban elaboradas por otras materias como el yeso o la piedra natural, que en este caso no guardan ninguna relación con el producto. Asimismo, la partida 68.11 pese a que contiene manufacturas a base de amianto (asbesto), los productos que en este se clasificaban eran placas, losas y demás que no representaban al producto en cuestión.

Ahora bien, para establecer la subpartida se hace uso de la regla general interpretativa 6 que establece lo siguiente: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Tomando en consideración lo expuesto en la regla 6, se compara primero el primer nivel en donde se encuentran:

- De crocidolita

-Las demás:

El artículo en cuestión no forma parte de la crocidolita, ya que según las notas explicativas de la partida 25.24 la crocidolita tiene una gran resistencia a la tensión, pero una baja resistencia al calor, y menos fibras elásticas que otras formas de amianto (asbesto), es resistente al ácido pero no a las bases y como se especificó en las características iniciales, la empaquetadura o cordón si es altamente resistente a las temperaturas, motivo por el cual se lo emplea en productos como los hornos. Por lo tanto, se descarta el primer guion y se escoge la de las demás. Ahora bien, en el segundo nivel se encuentran los siguientes:

-- Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado, sombreros y demás tocados

-- Papel, cartón y fieltro

-- Amianto (asbesto) y elastómeros comprimidos, para juntas o empaquetaduras, en hojas o rollos

-- Las demás:

Se descarta el primer guión debido a que el producto no hace referencia a una prenda de vestir como tal; el segundo ya que no se relaciona a la presentación del producto y finalmente, el tercero será el acertado debido a que en este resalta el hecho de que esta elaborado de amianto y se presenta como empaquetaduras, que son dos condiciones fundamentales que coinciden con el producto en cuestión, por lo tanto, ya no hace falta analizar el siguiente de los demás y  la subpartida recaería en la 6812.93.00.00Amianto (asbesto) y elastómeros comprimidos, para juntas o empaquetaduras, en hojas o rollos

Tributos fijos para la mercancía

AD VALOREM: 15%

FONDINFA: 0,5%

IVA: 12%

Restricciones y prohibiciones:

-No tiene restricciones

-Prohibiciones en la República de Corea del Norte

Conclusiones:

Según las Reglas Generales Interpretativas y las Notas Explicativas, es posible determinar que la empaquetadura de asbesto se clasifica en la Partida 68.12 Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o

a base de amianto y carbonato de magnesio; manufacturas de estas mezclas o de amianto (por ejemplo: hilados, tejidos, prendas de vestir, sombreros y demás tocados, calzado, juntas), incluso armadas, excepto las de las partidas 68.11 ó 68.13, específicamente en la subpartida 6812.93.00.00Amianto (asbesto) y elastómeros comprimidos, para juntas o empaquetaduras, en hojas o rollos

Recomendaciones:

  • Se aconseja tener en cuenta la función principal del producto y analizar minuciosamente los materiales y componentes que lo conforman con el fin de clasificar correctamente
  • Para lograr una clasificación arancelaria efectiva, se debe tener presente las reglas interpretativas, las notas de capítulo y las notas explicativas.

Referencias Bibliográficas:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta                Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Empaquetadura de Asbesto Teflonado – Agencias Vibo. (n.d.). https://agvibo.com/product/empaquetadura-de-asbesto-teflonado/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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